Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Competencia consultiva en contratación estatal y documentos tipo para obras de agua potable y saneamiento básico

P20220527005269 · 12 de julio de 2022

EpígrafeCompetencia consultiva en contratación estatal y documentos tipo para obras de agua potable y saneamiento básico
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente en ejercicio de sus competencias consultivas, fija la posición interpretativa sobre el alcance de los requisitos de experiencia general y específica establecidos en los documentos tipo para licitaciones de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico. La Agencia precisa que la experiencia exigida debe corresponder estrictamente a las actividades constructivas definidas en la «Matriz 1 – Experiencia» para cada tipo de infraestructura, sin admitir sustituciones entre sistemas técnicos distintos, como el de acueductos (tuberías a presión) y alcantarillado (flujo libre). Así, para proyectos de acueductos, solo serán válidos los contratos que acrediten actividades de construcción de acueductos, excluyendo aquellos que solo incluyan redes de alcantarillado. Además, reitera la obligatoriedad de los documentos tipo y su inalterabilidad, salvo en aspectos diligenciables o permitidos expresamente, y delimita su competencia interpretativa a normas generales, sin resolver controversias ni casos puntuales.

Problema jurídico

Determinar si la experiencia en construcción de redes de alcantarillado puede acreditarse para cumplir requisitos de experiencia en proyectos de acueducto, conforme a los documentos tipo y la Matriz 1 – Experiencia

Fragmentos citables
La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias ni brindar asesorías sobre casos puntuales.
Establece los límites de la competencia consultiva de Colombia Compra Eficiente, aclarando que no resuelve controversias ni asesora casos concretos, lo que define el alcance jurídico del documento.
Esto implica que las autoridades deben implementar los documentos tipo que tengan por objeto las actividades contempladas en la «Matriz 1 ‒ Experiencia», sin perjuicio de su «inalterabilidad». Lo anterior significa que las entidades públicas carecen de la facultad para modificarlos, con excepción de aquellos aspectos que pueden diligenciar, es decir, las descripciones que están incluidas entre corchetes y resaltadas en gris o cuya modificación sea permitida por los mismos documentos tipo.
Define la obligatoriedad y rigidez de los documentos tipo, precisando los únicos supuestos en los que pueden ser modificados, lo que delimita su aplicación en procesos de contratación.
los requisitos de experiencia establecidos para el tipo de infraestructura de acueductos, se encuentra en función de la acreditación de intervención de las diferentes actividades constructivas requeridas en la actividad 1.1. de la «Matriz 1 – Experiencia». De esta manera, como se menciona en la consulta realizada, los sistemas de acueductos y sus redes son tuberías que funcionan a presión. Esto a diferencia de los sistemas de alcantarillado que funcionan a flujo libre, lo cual implica condiciones técnicas, constructivas y operativas distintas entre las tuberías de acueducto y alcantarillado.
Explica la distinción técnica entre sistemas de acueducto y alcantarillado, fundamentando por qué la experiencia en uno no puede acreditarse con contratos del otro, lo que resuelve el problema jurídico planteado en la consulta.
En ese orden de ideas, los contratos acreditados por los proponentes en el respectivo proceso de selección deben enmarcarse en las condiciones establecidas en la experiencia general. Ello implica que si esta última se relaciona con «PROYECTOS QUE CORRESPONDAN O HAYAN CONTENIDO ACTIVIDADES DE: CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTOS», únicamente serán válidos aquellos contratos que correspondan o hayan contenido actividades de construcción de acueductos, por lo que no podrá acreditarse la experiencia requerida en la ejecución de contratos donde se hayan construido redes de alcantarillado.
Establece la regla concreta sobre la validez de los contratos para acreditar experiencia en proyectos de acueductos, excluyendo aquellos que solo incluyan alcantarillado, lo que constituye la respuesta directa a la consulta formulada.
MateriasColombia Compra Eficiente · Competencia Consultiva · Documentos Tipo · Acueductos · Alcantarillado · Experiencia en contratación · Matriz 1 – experiencia · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1658844704139-C-452.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-452 de 2022
NúmeroP20220527005269
Fecha del documento12 de julio de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ad74fb2d1cf4….

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