Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen jurídico aplicable a la actividad contractual de las cámaras de comercio
P20240808008131 · 18 de septiembre de 2024Contratación estatalcontrato estatalcámara de comerciodecreto ley 019 de 2012decreto ley 410 de 1971entidades estatalesley 489 de 1998constitución política de 1991cámaras de comerciodecreto 1074 de 2015decreto 111 de 1996ley 1150 de 2007ley 80 de 1993régimen exceptuadocontratación estatalegcapentidades exceptuadasrégimen de contrataciónámbito de aplicaciónaplicación de normas de derecho públicocriterio orgánicodescentralización por colaboraciónnaturaleza jurídicaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen jurídico aplicable a la actividad contractual de las cámaras de comercio |
|---|---|
| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el régimen jurídico aplicable a la actividad contractual de las cámaras de comercio en Colombia. Precisa que, salvo cuando estas instituciones ejerzan funciones administrativas delegadas mediante acto administrativo y convenio conforme a los artículos 110 y siguientes de la Ley 489 de 1998, su gestión contractual no está sujeta a la Ley 80 de 1993 ni a los procedimientos de selección estatal como licitación pública o contratación directa. Fuera de esa hipótesis excepcional, los contratos de las cámaras de comercio se rigen por el derecho civil y comercial, sin perjuicio de observar los principios constitucionales de la función administrativa (artículo 209) en el desarrollo de actividades administrativas que les hayan sido atribuidas legalmente. El documento fundamenta esta postura en la naturaleza jurídica privada de las cámaras de comercio, reconocida por la jurisprudencia constitucional y normativa como el Decreto 1074 de 2015, y en la distinción entre entidades estatales y particulares que ejercen funciones públicas bajo el modelo de descentralización por colaboración. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen jurídico aplicable a la actividad contractual de las cámaras de comercio |
| Fragmentos citables | Respecto a las funciones administrativas que desarrollan las cámaras de comercio con fundamento en atribución legal previa, su gestión contractual no está sujeta a la Ley 80 de 1993 ni a los procedimientos de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía y contratación directa del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Ello salvo que deban celebrar contratos en ejercicio de funciones administrativas que eventualmente les confiera una autoridad de igual naturaleza conforme a los artículos 110 y siguientes de la Ley 489 de 1998. Fuera de esta última hipótesis, como sujetos de derecho privado, los contratos de estas instituciones se rigen por el derecho civil y comercial, sin perjuicio de acatar los principios del artículo 209 superior en las actividades administrativas que desempeñen. Como particulares que desarrollan actividades administrativas, las cámaras de comercio no son entidades estatales sometidas o exceptuadas de la Ley 80 de 1993, pues –pese a ejercer determinadas funciones públicas– siguen siendo sujetos de derecho privado. Lo anterior, no obsta para que a los particulares que reciban el ejercicio de funciones administrativas conforme a los artículos 110 y siguientes de la Ley 489 de 1998 se les extienda la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. |
| Materias | Contrato Estatal · Cámara De Comercio · Decreto Ley 019 De 2012 · Decreto Ley 410 de 1971 · Entidades Estatales · Ley 489 de 1998 · Constitución política de 1991 · Cámaras de comercio · Decreto 1074 de 2015 · Decreto 111 de 1996 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Régimen exceptuado · Contratación estatal · Egcap · Entidades Exceptuadas · Régimen De Contratación · Ámbito de aplicación · Aplicación de normas de derecho público · Criterio orgánico · Descentralización por colaboración · Naturaleza jurídica |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-459.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 81dcc580ecb2….
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