Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Cierre del expediente contractual en contratos estatales

P20220606005593 · 21 de julio de 2022

EpígrafeCierre del expediente contractual en contratos estatales
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del deber de dejar constancia del cierre del expediente contractual en contratos estatales, conforme al artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. La autoridad fija la posición de que el cierre del expediente es obligatorio únicamente cuando se vencen las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o cuando la entidad establezca condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, sin importar la vigencia de otras garantías como la de pago de salarios o prestaciones sociales. Además, precisa que la obligatoriedad no depende del estado de liquidación del contrato, aunque este aspecto sí incide en el contenido de la constancia. También señala que, aunque no sea obligatorio, la entidad puede realizar el cierre del expediente en otros eventos como buena práctica contractual. Finalmente, advierte que la modificación del estado del contrato en el SECOP II mediante la opción "Cerrar el contrato" debe realizarse solo cuando se cumplan las obligaciones postcontractuales y se tengan los documentos soporte, independientemente del tipo de garantías vigentes.

Problema jurídico

Determinar los requisitos y obligatoriedad del cierre del expediente contractual en contratos estatales según el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015

Fragmentos citables
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, el cierre del expediente es un acto de trámite que realiza la entidad estatal cuando han vencido, por un lado, las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o por el otro, cuando se establecieron condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes. Se trata de una constancia administrativa que culmina las actuaciones contractuales.
Establece la definición legal y el alcance del cierre del expediente contractual como acto de trámite obligatorio en los eventos previstos.
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, y reiterando la postura de unificación acogida por esta Agencia en el Concepto CU–028 de 2020, el cierre del expediente del proceso de contratación es un acto de trámite obligatorio en los contratos estatales en los que se hayan pactado garantías de calidad, estabilidad o mantenimiento, o cuando la entidad establezca condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes contratados.
Resume la regla central del documento, que fija la obligatoriedad del cierre del expediente en los eventos señalados.
Cabe resaltar que, el deber cerrar el expediente cuando vencen las garantías, procede de manera obligatoria, únicamente cuando se vencen las garantías aludidas por el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, esto es, las de calidad, estabilidad y mantenimiento. Sin embargo, si una vez vencidas estas siguen vigentes otras garantías como, por ejemplo, la de pago de salarios y prestaciones sociales, nada obsta para que la entidad proceda a realizar el cierre dejando constancia de este hecho, como una buena práctica contractual.
Explica la excepción a la obligatoriedad y la posibilidad de realizar el cierre como buena práctica, incluso con garantías vigentes.
MateriasCierre Del Expediente Contractual · Competencia Consultiva · Decreto 1082 De 2015 · Acto de trámite · Garantías contractuales · Contratación estatal · Ejecución Del Contrato
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1659035587356-C-469.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-469 de 2022
NúmeroP20220606005593
Fecha del documento21 de julio de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: f63dacdd5ea7….

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