Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública
P20220610005797 · 26 de julio de 2022Contratación estatalcriterios diferencialesdecreto 1860 de 2021ley de emprendimientoempresas de mujeressucursales de sociedades extranjerascontratación estatalsucursalartículo 2.2.1.2.4.2.14emprendimientos y empresas de mujeresfinalidadgeneralidadesley 2069 de 2020régimen jurídicoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de los criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres establecidos en la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021. El documento precisa que, para ser considerada como emprendimiento o empresa de mujeres, una persona jurídica debe acreditar que al menos el 50% de los empleos del nivel directivo sean ejercidos por mujeres vinculadas laboralmente durante al menos un año antes de la fecha de cierre del proceso de selección, excluyendo a las sucursales de sociedades extranjeras por no ser personas jurídicas independientes ni tener domicilio en Colombia. Además, se señala que los criterios diferenciales solo aplican a entidades nacionales, descartando la posibilidad de incluir en el cálculo los empleos directivos de la sociedad matriz extranjera. |
| Problema jurídico | Determinar si una sucursal colombiana de sociedad extranjera puede ser considerada emprendimiento o empresa de mujeres para acceder a criterios diferenciales en contratación pública, conforme al numeral 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015 (adicionado por el Decreto 1860 de 2021). |
| Fragmentos citables | Artículo 2.2.1.2.4.2.14. Definición de emprendimientos y empresas de mujeres. Con el propósito de adoptar medidas afirmativas que incentiven la participación de las mujeres en el sistema de compras públicas, se entenderán como emprendimientos y empresas de mujeres aquellas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: [...] 2. Cuando por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los empleos del nivel directivo de la persona jurídica sean ejercidos por mujeres y éstas hayan estado vinculadas laboralmente a la empresa durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección en el mismo cargo u otro del mismo nivel. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, cuando exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o el contador, donde se señale de manera detallada todas las personas que conforman los cargos de nivel directivo del proponente, el número de mujeres y el tiempo de vinculación. La certificación deberá relacionar el nombre completo y el número de documento de identidad de cada una de las personas que conforman el nivel directivo del proponente. |
| Materias | Criterios Diferenciales · Decreto 1860 De 2021 · Ley De Emprendimiento · Empresas de mujeres · Sucursales de sociedades extranjeras · Contratación estatal · Sucursal · Artículo 2.2.1.2.4.2.14 · Emprendimientos Y Empresas De Mujeres · Finalidad · Generalidades · Ley 2069 De 2020 · Régimen jurídico |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1664396102620-C-481.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4f00e824e5b4….
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