Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre aplicación de documentos tipo a corporaciones autónomas regionales
1_2026_03_25_004112 · 20 de abril de 2026Contratación estatalagencia nacional de contratación públicacorporaciones autónomas regionalesdocumentos tiporégimen de contratación estatalcontratación estatalcardiqueaplicaciónfundamento normativomatriz de experiencianaturaleza jurídicaobligatoriedadrégimen contractualsectoresvigentesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre aplicación de documentos tipo a corporaciones autónomas regionales |
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| Resumen | Este documento conceptúa sobre el régimen contractual de las Corporaciones Autónomas Regionales y la obligatoriedad de aplicar los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. Fija la posición de que, pese a su autonomía administrativa y financiera, las Corporaciones Autónomas Regionales no están excluidas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), por lo que se rigen por las reglas generales de contratación estatal. Así mismo, precisa que la obligatoriedad de los documentos tipo se extiende a estas entidades cuando el objeto contractual y la modalidad de selección correspondan a los sectores y tipos de infraestructura estandarizados en las matrices de experiencia adoptadas por la Agencia. Señala que la aplicación de los documentos tipo no es automática, sino que depende de la subsunción del objeto contractual en los tipos previstos, y que su implementación debe ajustarse a las resoluciones específicas expedidas por Colombia Compra Eficiente para cada sector, como infraestructura de transporte, agua potable y saneamiento básico, infraestructura social, convenios solidarios y gestión catastral. |
| Problema jurídico | Determinación del régimen de contratación aplicable a las corporaciones autónomas regionales y obligatoriedad de aplicación de documentos tipo |
| Fragmentos citables | Dichas entidades no se encuentran expresamente listadas en el artículo 2.1 de la Ley 80 de 1993. Pese a su autonomía, no están excluidas del EGCAP, pues el artículo 24 de la Ley 1150 de 2007 dispone que “La contratación de las Corporaciones Autónomas Regionales incluida la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se someterá al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública contenido en la Ley 80 de 1993 y en las demás normas que lo modifiquen, deroguen o adicionen”. Por tanto, en materia contractual, no forman parte del régimen especial, pues se rigen por las reglas generales de la contratación estatal. El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los Documentos Tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo. De esta manera, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique – CARDIQUE – debe verificar que los documentos tipo expedidos por esta Agencia apliquen a la modalidad de selección en la que deba adelantarse el proceso, subsumiendo el objeto a contratar dentro de los tipos de proyectos de infraestructura correspondientes. Por tanto, si el objeto contractual a ejecutar se encuadra materialmente dentro de alguno de los tipos de actividades concretas señaladas en cada una de las matrices de experiencia de los documentos tipo mencionados, estos deberán aplicarse; en caso contrario, su aplicación no será obligatoria. |
| Materias | Agencia Nacional De Contratación Pública · Corporaciones Autónomas Regionales · Documentos Tipo · Régimen de contratación estatal · Contratación estatal · Cardique · Aplicación · Fundamento normativo · Matriz de experiencia · Naturaleza jurídica · Obligatoriedad · Régimen contractual · Sectores · Vigentes |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-485.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: f73135480cbe….
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