Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada y suspensión de contratos de prestación de servicios con entidades públicas
P20240815008365 · 13 de agosto de 2024Contratación estatalcontrato de prestación de serviciosestabilidad laboral reforzada de mujer embarazadasuspensión del contratoestabilidad laboral reforzadafuero de maternidadlicencia de maternidadsuspensión de contratocontratación estatalestado de embarazo y licencia de maternidadprocedenciaunificación jurisprudencialColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada y suspensión de contratos de prestación de servicios con entidades públicas |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los efectos de la suspensión de contratos de prestación de servicios con entidades estatales durante el periodo de licencia de maternidad y la garantía del fuero de maternidad en tales contratos. Fija la posición de que la suspensión no implica ampliación del plazo de ejecución, sino que el cómputo del tiempo se detiene durante el periodo suspendido, reiniciándose al reanudarse las actividades, sin que ello modifique el plazo inicialmente pactado. Además, precisa que la protección del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios opera cuando se demuestre la existencia de una relación laboral encubierta o cuando la terminación del contrato se fundamente en criterios discriminatorios, sin requerir elementos adicionales. La entidad advierte que no puede resolver casos particulares, pero orienta sobre las normas generales aplicables, destacando la autonomía de las partes para pactar cláusulas de suspensión y la obligación de las entidades de garantizar la estabilidad laboral reforzada de las mujeres embarazadas o en lactancia, conforme a los lineamientos de la Corte Constitucional. |
| Problema jurídico | ¿Qué efectos tiene la suspensión de un contrato de prestación de servicios con entidad pública durante el periodo de licencia de maternidad? ¿Cómo garantizar el fuero de maternidad y lactancia frente al vencimiento del contrato? |
| Fragmentos citables | La suspensión del contrato no implica la ampliación de su plazo de ejecución, sino solamente la determinación de un periodo en el cual cesará el cumplimiento de las actividades pactadas, por tanto, no habrá lugar al pago de honorarios correspondientes a este tiempo y el plazo de ejecución continuará siendo el mismo inicialmente pactado. La Corte Constitucional ha expuesto dos (2) posiciones frente a los cuales opera la protección proveniente del denominado fuero de maternidad de mujeres vinculadas por medio de un contrato de prestación de servicios: (i) cuando el juez prueba la configuración de un contrato realidad en el contrato de prestación de servicios, porque concurren los siguientes elementos: a) el salario, b) la continua subordinación o dependencia y c) la prestación personal del servicio; y además, (ii) cuando a pesar de no probarse la configuración de un contrato realidad la terminación del contrato de prestación de servicios se fundamenta en criterios discriminatorios, y no en motivos objetivos. La protección reforzada a la maternidad y la lactancia en el ámbito del trabajo procede cuando se demuestre, sin ninguna otra exigencia adicional, lo siguiente: (a) La existencia de una relación laboral o de prestación de servicios y; (b) Que la mujer se encuentra en estado de embarazo o dentro de los tres meses siguientes al parto, en vigencia de dicha relación laboral o de prestación. En ejercicio de la autonomía de las partes contratantes, las mismas podrán convenir la cláusula de suspensión del contrato de prestación de servicios, fijando las reglas por las cuales procederán las mismas teniendo en cuenta las disposiciones referidas en la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007. Así las cosas, las partes son quienes determinan las condiciones y términos según los cuales deben llevarse a cabo la suspensión del contrato, por lo que ninguna de las partes de manera unilateral puede declararla por fuera de lo convenido. |
| Materias | Contrato De Prestación De Servicios · Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada · Suspensión Del Contrato · Estabilidad laboral reforzada · Fuero de maternidad · Licencia de maternidad · Suspensión de contrato · Contratación estatal · Estado de embarazo y licencia de maternidad · Procedencia · Unificación jurisprudencial |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-495-1.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 9eb5fed73f9a….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.