Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Personerías municipales – autonomía financiera y administrativa – capacidad contractual
1_2026_03_26_004159 · 7 de mayo de 2026Contratación estatalcapacidad contractualconvenios interadministrativosautonomía presupuestalpersonerías municipalescontratación estatalautonomía financiera y administrativarégimen jurídicoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Personerías municipales – autonomía financiera y administrativa – capacidad contractual / convenios interadministrativos – régimen jurídico |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre la capacidad de las Personerías Municipales y Distritales para celebrar convenios interadministrativos, precisando su autonomía presupuestal y contractual. Fija la posición de que estas entidades, al contar con autonomía administrativa y presupuestal conforme al Estatuto Orgánico del Presupuesto, pueden celebrar contratos y ordenar gastos dentro de sus secciones presupuestales, lo que incluye la suscripción de convenios interadministrativos para articular esfuerzos con otras entidades públicas. El texto señala que estos convenios, regulados por el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, se caracterizan por celebrarse entre entidades públicas en igualdad de condiciones, con objeto común y sin remuneración entre partes, permitiendo la cooperación en el cumplimiento de funciones administrativas o la prestación conjunta de servicios. Además, destaca que la autonomía de las personerías garantiza su independencia en el ejercicio de sus funciones como Ministerio Público, sin interferencias de otras entidades, y que la celebración de estos convenios debe incluir mecanismos claros de coordinación, distribución de responsabilidades y transparencia para asegurar la continuidad de las actuaciones administrativas. |
| Problema jurídico | ¿Puede una Personería Municipal celebrar un convenio interadministrativo para la coordinación y articulación de su gestión administrativa? |
| Fragmentos citables | Las Personerías Municipales y Distritales están dotadas de autonomía administrativa y presupuestal conforme lo dispone el artículo 108 del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Esta autonomía implica que cuentan con capacidad y competencia para ordenar sus propios gastos dentro de los límites que impone la Ley y la Constitución, con la finalidad de cumplir, de manera independiente a la administración local, el ejercicio de su labor de control. |
| Materias | Capacidad Contractual · Convenios Interadministrativos · Autonomía presupuestal · Personerías municipales · Contratación estatal · Autonomía financiera y administrativa · Régimen jurídico |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-497.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5d39ecad02d3….
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