Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Capacidad de las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) para participar en procesos de contratación pública y régimen especial de contratación
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| Epígrafe | Capacidad de las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) para participar en procesos de contratación pública y régimen especial de contratación |
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| Resumen | La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– conceptúa que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) pueden participar en procesos de contratación pública bajo el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP), siempre que cumplan con los requisitos generales exigidos para todos los oferentes, sin que su naturaleza jurídica genere tratos diferenciales. El documento precisa que las ESAL, al carecer de ánimo de lucro y no ser sociedades comerciales, tienen capacidad jurídica para contratar con entidades estatales, pero deben ajustarse a las reglas de idoneidad, experiencia y ausencia de inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la normativa. Además, se aclara que, aunque el Decreto 092 de 2017 regula un régimen especial para ESAL en contratación privada, en el ámbito público estas compiten en igualdad de condiciones con los demás proponentes, sin que procedan indicadores financieros alternativos por su naturaleza jurídica. La posición se fundamenta en la igualdad como principio constitucional y en la naturaleza civil de las ESAL, diferenciadas de las sociedades mercantiles. |
| Problema jurídico | ¿Pueden las ESAL participar en procesos de selección de contratación pública o hay un trato diferencial? |
| Fragmentos citables | En Colombia, las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro (ESAL) pueden participar en procesos de selección de contratación pública, incluidas las licitaciones de obra pública, entre otros, ya sea de forma individual o bajo modalidades de consorcio o unión temporal, ya que no se encuentran inhabilitadas y dicha actividad no está prohibida en el ordenamiento jurídico colombiano. En el ámbito de la contratación pública, la igualdad se materializa a través del equilibrio de todos los oferentes frente al proceso de selección, desde la exigencia de los requisitos estipulados en los pliegos de condiciones, en la calificación de sus ofertas y en su selección. La igualdad en los procesos de contratación supone que las condiciones a las que se enfrentan los proponentes sean las mismas para todos y que la oferta adjudicada sea la más favorable a la entidad. |
| Materias | Capacidad · Capacidad Jurídica · Egcap · Entidades Sin Ánimo De Lucro · Principio de igualdad · Régimen especial de contratación · Contratación estatal · Esal · Capacidad para contratar · Contratación pública · Igualdad · Naturaleza jurídica · Procesos de selección de contratación pública |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-509.docx |
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