Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Obras civiles inconclusas – concepto – ley 2020 de 2020

16 de agosto de 2022

EpígrafeObras civiles inconclusas – concepto – ley 2020 de 2020
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y aplicación de la Ley 2020 de 2020, que creó el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, un sistema para identificar obras financiadas con recursos públicos que no han concluido satisfactoriamente o no prestan el servicio para el cual fueron contratadas. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que las entidades estatales deben consultar y analizar las anotaciones vigentes en este registro al evaluar ofertas en procesos de selección de contratistas de obra o interventoría, incorporando dichas anotaciones como factor de ponderación en los criterios de calidad, conforme al artículo 6 de la mencionada ley. Sin embargo, precisa que no toda anotación corresponde a un incumplimiento imputable al contratista, por lo que el descuento de puntos en los factores de calidad solo procederá cuando la entidad determine que la anotación se debió a un incumplimiento del proponente. Además, aclara que el registro y sus efectos no aplican a contratos de consultoría, sino exclusivamente a obras e interventorías, en coherencia con la definición legal de obra civil inconclusa y los Documentos Tipo expedidos por la entidad. La discrecionalidad de las entidades para definir los criterios de calificación en los pliegos de condiciones incluye la metodología de valoración de las anotaciones, siempre que se ajuste a los parámetros legales y respete los principios de proporcionalidad y selección objetiva.

Problema jurídico

Determinar si para un oferente reportado como consultor debe descontarse un punto en el factor de calidad por anotaciones en el registro nacional de obras civiles inconclusas y si una obra reportada por ejecución afecta al consultor vinculado

Fragmentos citables
Según el inciso primero del literal a) del artículo 2 de esta ley, se entiende por obra civil inconclusa la «Construcción, mantenimiento, instalación o realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago, que un (1) año después de vencido el término de liquidación contractual, no haya concluido de manera satisfactoria para el interés general o el definido por la entidad estatal contratante, o no esté prestando el servicio para el cual fue contratada».
Define el concepto legal de obra civil inconclusa, base para entender el alcance del registro y su aplicación en la contratación pública.
En los procesos de contratación de obras públicas que adelanten las entidades estatales contratantes, sin importar la cuantía, deberán consultar y analizar las anotaciones vigentes que presenten las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas. Durante los procesos de selección objetiva para contratistas de obra o interventores, se tendrán en cuenta las anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas al momento de evaluar los factores de ponderación de calidad, establecidos en el literal a) del artículo 5o de la Ley 1150 de 2007 o la norma que la modifique.
Establece el deber legal de las entidades de consultar y analizar el registro, así como su incorporación como factor de calidad en la evaluación de ofertas para obras e interventorías.
MateriasDocumentos Tipo · Ley 2020 De 2020 · Registro Nacional De Obras Civiles Inconclusas · Factores de ponderación de calidad · Contratación estatal · Registro Nacional De Obras Inconclusas · Consultar y analizar · Contratistas De Obra E Interventoría · Deber de verificación · Descuento puntaje · Discrecionalidad · Incumplimiento del contratista
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1661964030254-C-525.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-525 de 2022
Fecha del documento16 de agosto de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a0ea2408845b….

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