Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Suspensión de visita al sitio de obra y garantías adicionales en documentos tipo durante emergencia sanitaria por COVID-19

2202013000007602 · 19 de agosto de 2020

EpígrafeSuspensión de visita al sitio de obra y garantías adicionales en documentos tipo durante emergencia sanitaria por COVID-19
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y vigencia de la suspensión de requisitos en los documentos tipo para procesos de contratación pública durante la emergencia sanitaria por COVID-19. Fija la posición de que la suspensión del numeral 3.6 de los documentos tipo, referido a la visita al sitio de la obra, se mantiene vigente mientras persista el aislamiento preventivo obligatorio, sin que las excepciones a este para actividades del sector de la construcción modifiquen tal suspensión. Además, precisa que la suspensión del numeral 4.2.4, relativo a garantías adicionales, cesó el 21 de julio de 2020 con la entrada en vigencia de la Resolución 116 de 2020, permitiendo a las entidades incluir este factor en los pliegos de condiciones desde esa fecha. El documento fundamenta su análisis en la jurisprudencia del Consejo de Estado sobre la legalidad de exigir la visita al sitio de la obra como requisito habilitante y en las normas que regulan la emergencia sanitaria.

Problema jurídico

Determinar si la suspensión del numeral 3.6 (visita al sitio de obra) y 4.2.4 (garantías adicionales) de los documentos tipo se mantiene vigente durante la emergencia sanitaria por COVID-19 y si las excepciones al aislamiento obligatorio contenidas en decretos posteriores modifican dicha suspensión

Fragmentos citables
Se exige con el propósito de que los proponentes realicen todas las evaluaciones y estimaciones necesarias para presentar la oferta, sobre la base de un examen cuidadoso, de manera tal que tengan en cuenta el cálculo de los aspectos económicos del proyecto, incluyendo todos los costos directos e indirectos que implique cumplir el contrato, con todas las obligaciones y asunción de riesgos que emanan del mismo. De acuerdo con su estimación y distribución, la entidad establecerá en el cronograma del proceso la fecha y hora para realizar la visita al sitio de la obra.
Establece la finalidad y condiciones de la visita al sitio de la obra como requisito habilitante en los procesos de contratación, aspecto central del análisis jurídico.
MateriasContratacion Pública · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Estudios Previos · Licitación Pública · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-533-de-2020.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-533 de 2020
Número2202013000007602
Fecha del documento19 de agosto de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: beecca7b9e01….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com