Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Acreditación de experiencia en proponentes plurales bajo Documentos Tipo – Versión 2

2202013000007521 · 18 de agosto de 2020

EpígrafeAcreditación de experiencia en proponentes plurales bajo Documentos Tipo – Versión 2
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la forma de acreditar la experiencia de proponentes plurales (consorcios o uniones temporales) en procedimientos de contratación de obra pública de infraestructura de transporte, aplicando los Documentos Tipo – Versión 2. Fija la posición de que la experiencia se acredita exclusivamente con la información consignada en el Registro Único de Proponentes (RUP), salvo cuando el proponente no esté obligado a tenerlo o se requiera información adicional no contenida en dicho registro, como la longitud de vía construida. Precisa que, en estos casos excepcionales, se podrán utilizar los documentos válidos señalados en el numeral 3.5.5 del Documento Base, pero solo para complementar la información del RUP. Además, aclara que el porcentaje de participación del integrante del proponente plural, así como el valor del contrato, deben reflejarse en el RUP cuando sea exigible, y que la entidad no puede modificar los requisitos establecidos en los Documentos Tipo, conforme al principio de inalterabilidad. El documento también delimita los supuestos en los que no es exigible el RUP, como en contratación directa o mínima cuantía, y reitera que la experiencia debe estar registrada en el RUP con copia de contratos o certificados, codificados según el clasificador de bienes y servicios de las Naciones Unidas.

Problema jurídico

¿Cómo se acredita el porcentaje de participación del proponente, el valor y la longitud de vía en el caso que se requiera, tratándose de proponentes plurales bajo los Documentos Tipo – Versión 2 para licitación de obra pública de infraestructura de transporte?

Fragmentos citables
E. Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia haya sido ejecutado en Consorcio o Unión Temporal, el porcentaje de participación del integrante será el registrado en el RUP de este o en alguno de los documentos válidos para la acreditación de experiencia en caso de que el integrante no esté obligado a tener RUP.
Regla central que define cómo se acredita la experiencia de proponentes plurales, vinculando el porcentaje de participación al RUP o a documentos alternativos en casos excepcionales.
Lo anterior significa que para acreditar la experiencia adquirida en la participación de un proponente plural, se tendrá en cuenta lo registrado en el RUP, y únicamente se aceptarán documentos adicionales cuando el proponente no este obligado a tener este registro.
Refuerza la interpretación del literal E del numeral 3.5.2, aclarando que los documentos del numeral 3.5.5 solo proceden cuando no hay RUP o la información no está allí contenida.
La experiencia se acredita con el RUP, salvo que el proponente no esté obligado a tenerlo. Por esta razón, si el proponente tiene RUP, la experiencia que adquirió como parte de un proponente plural está registrada de acuerdo con el porcentaje de su participación y el valor del contrato en SMMLV, y esta información, al estar contenida en el RUP, no puede ni debe ser acreditada con los documentos señalados en el numeral 3.5.5.
Respuesta directa al problema planteado en la consulta, sintetizando la posición de la entidad sobre la acreditación de experiencia en proponentes plurales.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Registro Único De Proponentes /rup · Experiencia en consorcios y uniones temporales · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-550-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-550 de 2020
Número2202013000007521
Fecha del documento18 de agosto de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 29ce9809c376….

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