Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Naturaleza jurídica de instituciones educativas de carácter oficial y régimen de contratación

2202013000008105 · 31 de agosto de 2020

EpígrafeNaturaleza jurídica de instituciones educativas de carácter oficial y régimen de contratación
Resumen

El documento conceptúa sobre la naturaleza jurídica y el régimen de contratación de las instituciones educativas de carácter oficial en Colombia. Fija la posición de que estas instituciones, al carecer de personería jurídica pero pertenecer a las entidades territoriales, tienen capacidad para contratar mediante los fondos de servicios educativos, los cuales también carecen de personería jurídica. Precisa que el régimen de contratación depende de la cuantía: si los contratos no superan los veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes, se sujetan al reglamento interno del consejo directivo de la institución, conforme a la Ley 715 de 2001; si exceden este monto, deben ajustarse a la Ley 80 de 1993. Además, aclara que el parágrafo 1 del artículo 2.3.1.6.3.11 del Decreto 1075 de 2015 no define el régimen aplicable, sino que establece un requisito previo de aprobación del programa general de compras por parte del consejo directivo. El concepto se fundamenta en la descentralización del sistema educativo y en la normativa vigente sobre contratación pública.

Problema jurídico

Determinación del régimen de contratación aplicable a las instituciones educativas de carácter oficial según cuantía de los contratos

Fragmentos citables
Cuando se trate de actos y contratos cuya cuantía no exceda los veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes se sujetarán a las condiciones previstas en el reglamento de contratación que expida el consejo directivo de la institución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 715 de 2001. Cuando la celebración de contratos a que haya lugar con recursos del fondo de servicios educativos supere la cuantía de los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes debe hacerse con estricta sujeción a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.
Define el criterio cuantitativo clave para determinar el régimen de contratación aplicable, diferenciando entre contratos menores y mayores a 20 SMMLV.
El régimen de contratación aplicable a las adquisiciones del Fondo de Servicios Educativos de los Establecimientos educativos estatales se encuentra definido en el artículo 2.3.1.6.3.17. del Decreto 1075 de 2015, el cual señala: Régimen de contratación. La celebración de contratos a que haya lugar con recursos del Fondo de Servicios Educativos, debe realizarse con estricta sujeción a lo dispuesto en el estatuto contractual de la administración pública, cuando supere la cuantía de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Expresa la regla central del documento, delimitando el ámbito de aplicación de la Ley 80 de 1993 para contratos superiores a 20 SMMLV.
Por lo tanto, lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 2.3.1.6.3.11 del Decreto 1075 de 2015, corresponde a un criterio previo para realizar la contratación, indistintamente del régimen aplicable.
Aclara el alcance del parágrafo citado en la consulta, desvirtuando la interpretación de que autoriza contratación sin límite de cuantía bajo su propio reglamento.
MateriasCapacidad Para Contratar · Decreto Ley 4170 de 2011 · Fondos De Servicios Educativos · Instituciones Educativas Oficiales · Decreto 1075 de 2015 · Instituciones educativas de carácter oficial · Ley 715 de 2001 · Ley 80 de 1993 · Régimen de contratación · Contratación estatal · Naturaleza Jurídica
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1602188802020-C-552.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-552 de 2020
Número2202013000008105
Fecha del documento31 de agosto de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 0a8cbdccff32….

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