Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Entidades descentralizadas indirectas, estatuto general de contratación y contratos interadministrativos

P20220727007309 · 7 de septiembre de 2022

EpígrafeEntidades descentralizadas indirectas, estatuto general de contratación y contratos interadministrativos
Resumen

El documento conceptúa sobre el régimen jurídico aplicable a las entidades descentralizadas indirectas y a los contratos interadministrativos, precisando su naturaleza, alcance y condiciones de aplicación. Fija la posición de que las entidades descentralizadas indirectas con participación pública mayoritaria (igual o superior al 50%) son consideradas entidades estatales para efectos de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), mientras que aquellas con participación minoritaria no lo son, aunque formen parte del sector descentralizado por servicios. Además, señala que los contratos o convenios interadministrativos se caracterizan por su criterio orgánico, requiriendo que ambas partes sean entidades estatales, y que su celebración puede realizarse bajo cualquier modalidad de selección prevista en la Ley 1150 de 2007, no exclusivamente mediante contratación directa. El documento fundamenta su postura en la interpretación del artículo 2-1 literal a) de la Ley 80 de 1993, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, y las disposiciones de la Ley 489 de 1998.

Problema jurídico

Determinar si las entidades descentralizadas indirectas con participación pública minoritaria son entidades estatales para efectos de la Ley 80 de 1993 y si pueden celebrar contratos o convenios interadministrativos.

Fragmentos citables
«Son entidades descentralizadas directas aquellas cuya creación es obra de la ley, la ordenanza o el acuerdo; en tanto que las descentralizadas indirectas son las que surgen por la voluntad asociativa de los entes públicos entre sí o con la intervención de particulares, previa autorización legal».
Define la distinción entre entidades descentralizadas directas e indirectas, base para entender el régimen jurídico aplicable a estas últimas.
MateriasContratos Interadministrativos · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Entidades Descentralizadas Indirectas · Entidad estatal · Estatuto general de contratación · Participación pública minoritaria · Contratación estatal · Estatuto General Contratación · Entidades Descentralizadas Indirectas con participación pública minoritaria · Noción
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1663624141379-C-562.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-562 de 2022
NúmeroP20220727007309
Fecha del documento7 de septiembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: e45d0cf923b8….

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