Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

INDUSTRIA NACIONAL – Ley 816 de 2003 – Bienes y servicios nacionales

P20220810007908 · 21 de septiembre de 2022

EpígrafeINDUSTRIA NACIONAL – Ley 816 de 2003 – Bienes y servicios nacionales / DOCUMENTOS TIPO – Diligenciamiento del Formato 9 – Servicios Nacionales / PUNTAJE POR SERVICIOS NACIONALES O CONTRATO NACIONAL – Proponente nacional – Acreditación – Requisitos – Documento Base – Numeral 4.3.1.1 – Formato 9A / DOCUMENTOS TIPO – Inalterabilidad – Principio de prevalencia del derecho sustancial
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el otorgamiento del puntaje por apoyo a la industria nacional en procesos de contratación pública, conforme a la Ley 816 de 2003 y su reglamentación posterior, especialmente el Decreto 680 de 2021. La autoridad precisa que, para acceder a este puntaje, los proponentes nacionales o con trato nacional deben cumplir requisitos sustanciales más allá de su naturaleza jurídica, incluyendo el uso de bienes nacionales relevantes o la vinculación de personal colombiano en un porcentaje mínimo del 40%, según lo defina la entidad estatal en el pliego de condiciones. Además, se señala que la presentación del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional es indispensable para acreditar el compromiso de cumplir con estos criterios, sin que sea suficiente la mera acreditación de la condición de nacionalidad o residencia. El documento también aborda el principio de inalterabilidad de los documentos tipo, aclarando que no puede extenderse a aspectos formales que no afecten el contenido esencial o las obligaciones derivadas de estos.

Problema jurídico

Asignación de puntaje por apoyo a la industria nacional en procesos de contratación pública: requisitos para acreditar servicios nacionales o con trato nacional, diligenciamiento del Formato 9A y alcance del principio de inalterabilidad de los documentos tipo frente al principio de prevalencia del derecho sustancial

Fragmentos citables
Para obtener el puntaje por apoyo a la industria nacional en el marco de procesos adelantados con documentos tipo, resulta indispensable acompañar la cédula de ciudadanía, la visa de residencia o el certificado de existencia y representación, según corresponda, del «Formato 9A - Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional» debidamente suscrito, y el cual recoge en su contenido los diferentes parámetros introducidos por el Decreto 680 de 2021, a efectos de calificar el servicio ofertado como nacional.
Establece el requisito esencial para acreditar el puntaje por apoyo a la industria nacional, destacando la obligatoriedad del Formato 9A y su contenido como elemento central para la evaluación.
En los contratos que deban cumplirse en Colombia, un servicio es colombiano si además de ser prestado por una persona natural colombiana o por un residente en Colombia, por una persona jurídica constituida de conformidad con la legislación colombiana o por un proponente plural conformado por estos o por estos y un extranjero con trato nacional, usa los bienes nacionales relevantes definidos por la Entidad Estatal para la prestación del servicio que será objeto del Proceso de Contratación o vinculen el porcentaje mínimo de personal colombiano según corresponda.
Define los criterios sustanciales para que un servicio sea considerado nacional, incorporando la obligatoriedad de usar bienes nacionales relevantes o vincular personal colombiano en un porcentaje mínimo.
En aquellos casos en que, de acuerdo con el objeto contractual, no existan bienes colombianos relevantes o no exista oferta nacional de los mismos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales, la Entidad Estatal otorgará el puntaje de que trata el inciso primero del artículo 2 de la Ley 816 de 2003 al proponente que vincule el porcentaje mínimo establecido por la Entidad Estatal de empleados o contratistas por prestación de servicios colombianos, que no podrá ser inferior al 40% del total de empleados y contratistas asociados al cumplimiento del contrato.
Regula la alternativa subsidiaria para otorgar el puntaje por apoyo a la industria nacional cuando no existan bienes nacionales relevantes, estableciendo un porcentaje mínimo de personal colombiano como criterio de evaluación.
MateriasDocumentos Tipo · Contratación estatal · Industria Nacional · Puntaje Por Servicios Nacionales O Contrato Nacional · N/a
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1664892824911-C-600.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-600 de 2022
NúmeroP20220810007908
Fecha del documento21 de septiembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ef0bba2d7d96….

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