Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre concurso de méritos: requisitos habilitantes, adjudicación con oferta única y aplicación de la fórmula de media aritmética alta
P20240912009303 · 25 de octubre de 2024Contratación estatalrequisitos habilitantesadjudicación con oferta únicaconcurso de meritosmedia aritmética altacontratación estatalmodalidades de selecciónevaluaciónexperienciaponderacióntrasladoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre concurso de méritos: requisitos habilitantes, adjudicación con oferta única y aplicación de la fórmula de media aritmética alta |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre dos aspectos clave en procesos de concurso de méritos con oferta única: i) la obligatoriedad de aplicar los criterios de ponderación establecidos en el pliego de condiciones, incluso cuando solo exista un proponente habilitado, y ii) la metodología para calcular la media aritmética alta en la asignación de puntaje por experiencia. La autoridad fundamenta su postura en los principios de selección objetiva, transparencia y publicidad de la contratación estatal, así como en las normas del Decreto 1082 de 2015 que regulan el procedimiento de estos concursos. Además, precisa que la adjudicación con oferta única es viable si el proponente cumple los requisitos habilitantes y los pliegos de condiciones, pero advierte que no se pueden omitir los criterios de evaluación ni las fórmulas de ponderación, pues ello vulneraría el marco normativo. Para la media aritmética alta, detalla el procedimiento de cálculo excluyendo el valor de la propuesta más alta en el promedio de los contratos válidos no subsanados. |
| Problema jurídico | Determinar si en un concurso de méritos con un único proponente habilitado deben aplicarse los criterios de ponderación establecidos en el pliego de condiciones y cómo se aplica la fórmula de media aritmética alta para la asignación de puntaje por experiencia |
| Fragmentos citables | En primer lugar, se debe precisar que de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015, las entidades públicas al momento de dar publicidad al informe de evaluación, debe contener la verificación de los requisitos habilitantes y la evaluación de las ofertas, con la respectiva asignación de puntaje a las propuestas que resulten habilitadas dentro del proceso de selección. De lo cual, se evidencia que aún estando habilitado un único proponente, se deberán aplicar las condiciones ponderables establecidas en el pliego de condiciones. La Entidad Estatal puede adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta siempre que cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requisitos de los pliegos de condiciones, sin perjuicio de las disposiciones especiales establecidas en la ley y el presente título para la subasta inversa, el concurso de méritos y las reglas particulares para los procesos con convocatoria limitada a las Mipyme. C. Media Aritmética Alta Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor de los promedios de los contratos válidos aportados y que no fueron objeto de subsanación expresado en SMMLV de la propuesta válida más alta, y el promedio aritmético del promedio de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de las propuestas hábiles excluyendo el promedio de la propuesta más alta. |
| Materias | Requisitos Habilitantes · Adjudicación con oferta única · Concurso de meritos · Media aritmética alta · Contratación estatal · Modalidades de selección · Evaluación · Experiencia · Ponderación · Traslado |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/11/C-603.docx |
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