Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Tratados comerciales y contratación pública cubierta en el TLC Colombia-Costa Rica

22020130000010547 · 26 de octubre de 2020

EpígrafeTratados comerciales y contratación pública cubierta en el TLC Colombia-Costa Rica
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del concepto de contratación pública cubierta en el Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y Costa Rica, específicamente en relación con las entidades descentralizadas del nivel municipal o departamental. Fija la posición de que, conforme al texto del tratado y su Anexo 10-A, solo los municipios como tales están incluidos como entidades contratantes, sin que se extienda dicho alcance a sus entidades descentralizadas. Fundamenta esta interpretación en la literalidad del acuerdo, contrastándola con otros tratados donde sí se incluyen explícitamente estas entidades, y señala que la ausencia de una nota aclaratoria en el TLC con Costa Rica excluye implícitamente a las entidades descentralizadas. Además, precisa que el Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación refleja correctamente esta interpretación, al no incluir a Costa Rica en el listado de países beneficiados para entidades descentralizadas municipales.

Problema jurídico

Determinar si las entidades descentralizadas del nivel municipal son consideradas 'entidades contratantes' cubiertas por el Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y Costa Rica

Fragmentos citables
Los tratados bilaterales de comercio con capítulos sobre contratación pública son hoy en día una realidad en el ordenamiento jurídico colombiano y las normas de contratación nacionales, como el Estatuto General de Contratación, deben ser aplicadas en la práctica con la debida observancia de las obligaciones internacionales del Estado, so pena de causar responsabilidad por incumplimiento de dichas obligaciones.
Establece el marco general de aplicabilidad de los tratados comerciales en la contratación pública colombiana, destacando la obligación de armonizar la normativa interna con los compromisos internacionales.
Para poder determinar qué es contratación cubierta es necesario revisar el instrumento normativo preciso cuya protección se invoca – el tratado – y determinar si la transacción que se alega como cubierta lo está o no.
Define el criterio esencial para interpretar el alcance de la contratación pública cubierta, remitiendo directamente al texto del tratado como fuente de determinación.
En el acuerdo bilateral de comercio citado, el Estado colombiano se obligó solamente en relación con los municipios, sin que sea posible encontrar en el texto de este una referencia, si quiera tácita, a las entidades descentralizadas del orden municipal. No se encuentra evidencia de que haya existido voluntad del Estado colombiano para que la contratación de las entidades descentralizadas del orden municipal fuera contratación pública cubierta en el Acuerdo Comercial celebrado con la República de Costa Rica.
Sustenta la conclusión central del documento, al analizar el contenido del Anexo 10-A y descartar la inclusión de entidades descentralizadas municipales en el TLC con Costa Rica.
Lo anterior permite colegir a esta Subdirección, con respeto de su opinión sobre el punto, que en el Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica, en particular en el capítulo 10 sobre contratación pública, el concepto de contratación pública cubierta no incluye, desde el punto de vista de la entidad contratante, las contrataciones adelantadas por las entidades descentralizadas del nivel municipal o departamental.
Expresa la posición definitiva del documento, resolviendo la consulta planteada y aclarando el alcance del tratado en relación con las entidades descentralizadas.
MateriasContratación Pública Cubierta · Entidades Descentralizadas · Acuerdos comerciales internacionales · Contratación estatal · Tratados Comerciales · Anexos · Aplicabilidad · Costa Rica · Fuentes · Nivel territorial · Noción
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1610566795003-C-613-de-2020.docx

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-613 de 2020
Número22020130000010547
Fecha del documento26 de octubre de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2dcfebaf71d4….

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