Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Factores de desempate en la contratación estatal y aplicación de la Ley 2069 de 2020 en procedimientos de mínima cuantía
P20211026009908 · 6 de diciembre de 2021Contratación estataldecreto 1082 de 2015ley de emprendimientomínima cuantíaselección objetivaempate en procedimientos de seleccióncontratación estatalempatefactores de desempateColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Factores de desempate en la contratación estatal y aplicación de la Ley 2069 de 2020 en procedimientos de mínima cuantía |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la aplicación de los factores de desempate establecidos en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 en los procesos de contratación estatal, incluyendo los de mínima cuantía. Fija la posición de que dichos factores son de aplicación directa desde el 31 de diciembre de 2020, sin necesidad de reglamentación previa, y derogan las disposiciones contrarias, como el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015. Además, precisa que estos criterios deben aplicarse de manera sucesiva y excluyente, respetando los compromisos internacionales vigentes, y que su incumplimiento puede generar la nulidad del contrato. También señala que la Ley 2069 de 2020, al modificar el régimen de desempate, busca promover el emprendimiento y la participación de mipymes en la contratación pública, alineándose con políticas de desarrollo económico y social. |
| Problema jurídico | Determinar la aplicabilidad de los factores de desempate establecidos en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 a los procedimientos de mínima cuantía, donde no existe asignación de puntaje, y evaluar la vigencia del numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 tras la expedición de la Ley 2069 de 2020. |
| Fragmentos citables | El desempate no puede propiciarse acudiendo arbitrariamente a consideraciones subjetivas que no estén amparadas en el ordenamiento jurídico, sino que deben aplicarse los factores permitidos por las disposiciones normativas que regulan esta materia, entre las que se cuenta el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020. La jurisprudencia comparte la idea de que los criterios de desempate deben estar establecidos de antemano y constituyen un límite a la discrecionalidad administrativa en los procedimientos de selección. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Ley De Emprendimiento · Mínima Cuantía · Selección Objetiva · Empate en procedimientos de selección · Contratación estatal · Empate · Factores De Desempate |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1638889434488-C-617.docx |
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