Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Competencia consultiva sobre convenios solidarios y contratación estatal con entidades sin ánimo de lucro

P20210914008396 · 25 de octubre de 2021

EpígrafeCompetencia consultiva sobre convenios solidarios y contratación estatal con entidades sin ánimo de lucro
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y los regímenes de celebración de los convenios solidarios en el marco de la contratación estatal con entidades privadas sin ánimo de lucro. Fija la posición de que estos convenios solo pueden celebrarse con los sujetos expresamente autorizados por la ley —municipios y distritos con cabildos, autoridades y organizaciones indígenas; entidades territoriales con juntas de acción comunal; y entidades del orden nacional con organismos de acción comunal—, siempre que su objeto esté orientado al desarrollo de programas o actividades de interés público, la construcción de obras o la satisfacción de necesidades comunitarias, y se ajuste a los planes de desarrollo correspondientes. Precisa que los convenios con juntas de acción comunal para ejecución de obras hasta por la mínima cuantía no requieren procedimiento de selección, mientras que los demás casos exigen procesos competitivos o se rigen por el Decreto 092 de 2017. Además, delimita su competencia interpretativa, aclarando que no resuelve casos particulares ni actúa como instancia de validación de actuaciones, sino que orienta sobre normas generales de contratación pública.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad de celebrar convenios solidarios con cuerpos de bomberos solidarios como entidades sin ánimo de lucro

Fragmentos citables
Es necesario tener en cuenta que esta entidad solo tiene competencia para responder solicitudes sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes de la contratación estatal.
Establece los límites de la competencia de Colombia Compra Eficiente, aclarando que no resuelve controversias ni asesora casos puntuales, sino que orienta sobre normas generales.
De una interpretación armónica entre las normas anteriormente citadas, se desprende que los municipios y distritos pueden celebrar convenios solidarios: i) para el desarrollo conjunto de programas y actividades establecidas en la Ley a los municipios y distritos, acorde con sus planes de desarrollo, ii) para la construcción de obras, y iii) para la satisfacción de necesidades y aspiraciones de las comunidades. Además, la celebración de estos convenios está limitada únicamente a los sujetos allí contemplados, esto es, los municipios y distritos con los cabildos, las autoridades y organizaciones indígenas, los organismos de acción comunal y demás organizaciones civiles y asociaciones residentes en el territorio.
Define el ámbito de aplicación de los convenios solidarios, precisando los sujetos autorizados y los objetos permitidos, clave para entender su alcance normativo.
El parágrafo 4 del artículo 3 de la Ley 136 de 1994 –modificado por la Ley 1551 de 2012, artículo 6– dispone que «Se autoriza a los entes territoriales del orden departamental y municipal para celebrar directamente convenios solidarios con las juntas de acción comunal con el fin de ejecutar obras hasta por la mínima cuantía. Para la ejecución de estas deberán contratar con los habitantes de la comunidad».
Establece una excepción al régimen general de contratación, permitiendo la celebración directa de convenios solidarios con juntas de acción comunal para obras de mínima cuantía, sin necesidad de proceso competitivo.
MateriasColombia Compra Eficiente · Competencia Consultiva · Convenios Solidarios · Entidades Sin Ánimo De Lucro · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1635865969061-C-627.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-627 de 2021
NúmeroP20210914008396
Fecha del documento25 de octubre de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 1edcb39fcdf4….

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