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Ley de Garantías Electorales: finalidad, restricciones y alcance en contratación directa
P20210930008958 · 16 de noviembre de 2021Contratación estatalcontratación directaley de garantías electoralesley 996 de 2005patrimonios autónomossentencia de unificacióncontratación estatalejecución contractualsentencia de unificación del consejo de estadoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Garantías Electorales: finalidad, restricciones y alcance en contratación directa |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de las restricciones contenidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) en materia de contratación pública durante períodos preelectorales. Fija la posición de que la prohibición de contratación directa establecida en el artículo 33 de dicha ley aplica a todos los entes del Estado, sin distinción de régimen jurídico o autonomía, durante los cuatro meses anteriores a las elecciones presidenciales, incluyendo la segunda vuelta si fuere el caso. Precisa que la restricción se extiende a cualquier sistema de selección que no incluya convocatoria pública ni permita pluralidad de oferentes, excluyendo modalidades como licitación pública, concurso de méritos, selección abreviada o mínima cuantía. Señala que las excepciones a la prohibición son taxativas y se limitan a casos específicos como defensa y seguridad del Estado, emergencias sanitarias o desastres, reconstrucción de infraestructura afectada por atentados o desastres naturales, y contratos sanitarios. Además, aclara que la restricción también cobija a patrimonios autónomos cuando actúen en desarrollo de negocios fiduciarios con recursos públicos, sin importar el régimen jurídico de la entidad fideicomitente. Finalmente, distingue entre las restricciones aplicables a elecciones presidenciales y las de otros cargos de elección popular, donde solo rige la prohibición de convenios interadministrativos proselitistas para autoridades territoriales. |
| Problema jurídico | Determinar si la contratación de prestación de servicios por patrimonios autónomos se encuentra sujeta a las restricciones de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005) y si la sentencia de unificación del Consejo de Estado (radicado 1317-2016) modifica su aplicación. |
| Fragmentos citables | la Ley 996 de 2005 «Por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones», se suma al andamiaje de orden constitucional y legal que se ocupa de evitar la injerencia de intereses particulares en el ejercicio de la función pública. Respecto a su finalidad, conforme a la Gaceta del Congreso de la República No. 71 del 2005, tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial, introduciendo limitaciones para realizar nombramientos, postulaciones, contrataciones o cualquier otro tipo de actividad que implique destinación de recursos públicos. el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 establece una prohibición que impide «[…] la contratación directa por parte de todos los entes del Estado» durante los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones presidenciales, salvo «[…] lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias». |
| Materias | Contratación Directa · Ley De Garantías Electorales · Ley 996 de 2005 · Patrimonios autónomos · Sentencia de unificación · Contratación estatal · Ejecución contractual · Sentencia De Unificación Del Consejo De Estado |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1651770042164-1637807924243-C-636.docx |
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