Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre compras públicas de tecnología e innovación
P20220822008309 · 22 de agosto de 2022Contratación estatalley 2069 de 2020ley de emprendimientocompra pública de tecnología e innovacióndecreto 442 de 2022guía de lineamientos de compra pública de tecnología e innovacióncontratación estataln/aColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre compras públicas de tecnología e innovación |
|---|---|
| Resumen | El documento, suscrito por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de las compras públicas de tecnología e innovación reguladas en el artículo 36 de la Ley 2069 de 2020, su desarrollo reglamentario mediante el Decreto 442 de 2022 y los lineamientos establecidos en la Guía de Compra Pública de Tecnología e Innovación expedida por la entidad. Fija la posición de que estas compras no se limitan a transacciones tradicionales, sino que constituyen una herramienta de política pública para resolver desafíos estatales mediante soluciones innovadoras, ya sean tecnológicas o no, siempre que respondan a necesidades no satisfechas o requieran mejoras significativas en el mercado. Precisa que la innovación, conforme al Manual de Oslo, abarca productos, procesos o combinaciones nuevos o mejorados, y que su promoción busca modernizar los servicios públicos, fomentar el desarrollo tecnológico y fortalecer ecosistemas de innovación, especialmente en MIPYMES. Además, destaca la importancia de la planeación contractual como eje central del proceso, exigiendo a las entidades estatales realizar estudios de mercado previos para identificar soluciones existentes, ajustarlas o desarrollar nuevas, y estructurar convocatorias de soluciones innovadoras que permitan evaluar propuestas sin direccionar el proceso. El documento también aclara que la compra pública de tecnología e innovación no es equivalente a la compra pública innovadora, sino que esta última es un mecanismo más amplio que incluye soluciones no tecnológicas, siempre que generen valor público. |
| Problema jurídico | Consultas sobre la regulación y aplicación de las compras públicas de tecnología e innovación en Colombia |
| Fragmentos citables | El artículo 36 de la Ley 2069 de 2020 busca incentivar la innovación, que según el Manual de Oslo, se entiende como un producto o proceso nuevo o mejorado, o una combinación de estos, que difiere significativamente de los productos o procesos existentes y que ha sido puesto a disposición de los usuarios potenciales. En este sentido, el Banco Interamericano de Desarrollo ha señalado que la compra pública para la innovación es una herramienta de política pública, mediante la cual el Gobierno plantea retos de innovación al sector privado para resolver problemáticas públicas y mejorar el bienestar general de los ciudadanos, que permita utilizar el poder de compra del Estado para estimular a las empresas a innovar y ofrecer mejores servicios, fomentando así el desarrollo tecnológico y el fortalecimiento de los ecosistemas de innovación Una debida planeación debe conducir a una escogencia diligente de la mejor oferta para beneficiar los intereses y fines públicos inmersos en la contratación de las entidades estatales, buscando siempre la correcta ejecución del contrato En primer lugar, dispone un concepto de «Compra pública de tecnología e innovación», que consiste en una herramienta de política de innovación a través de la cual las Entidades Estatales adquieren un producto o servicio de base tecnológica para responder a desafíos públicos respecto de los cuales no se encuentra una solución en el mercado o, si hay, estas requieren ajustes o mejoras, por lo cual se demanda investigación o desarrollo tecnológico |
| Materias | Ley 2069 De 2020 · Ley De Emprendimiento · Compra pública de tecnología e innovación · Decreto 442 de 2022 · Guía de lineamientos de compra pública de tecnología e innovación · Contratación estatal · N/a |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1668684822289-C-639.docx |
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