Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Aval de profesional en ingeniería para personas jurídicas y carta de presentación de la oferta

P20210715006269 · 30 de agosto de 2021

EpígrafeAval de profesional en ingeniería para personas jurídicas y carta de presentación de la oferta
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los requisitos para la participación de proponentes en procesos de contratación pública relacionados con actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, específicamente en el sector de infraestructura de transporte. Fija la posición de que, conforme a la Ley 842 de 2003 y los Documentos Tipo vigentes, los proponentes personas naturales deben acreditar título profesional en ingeniería para participar directamente, mientras que las personas jurídicas, cuyos representantes legales no sean ingenieros, requieren aval de un profesional matriculado en ingeniería. La interpretación se sustenta en la idoneidad técnica exigida por la Constitución y la ley para actividades de riesgo social, así como en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, que respalda la proporcionalidad de esta exigencia. Además, se precisa que los Documentos Tipo son de obligatorio cumplimiento y no pueden ser alterados por las entidades estatales, salvo en aspectos permitidos, lo que refuerza la obligatoriedad del aval en los términos establecidos.

Problema jurídico

Determinar si arquitectos personas naturales pueden participar en procesos de contratación pública de obras de infraestructura de transporte sin aval de ingeniero o si requieren aval de ingeniero civil según lo dispuesto en la Ley 842 de 2003 y los documentos tipo de infraestructura de transporte

Fragmentos citables
De lo anterior se concluye que, tratándose de los documentos tipo expuestos en este concepto, relacionados con el sector de infraestructura de transporte, el proponente persona natural debe tener el título de ingeniero; y si se trata de una persona jurídica, cuyo representante legal no es un ingeniero, la presentación de su oferta debe estar avalado por un ingeniero, de lo contrario no podrá participar en el respectivo proceso de contratación, por expreso mandato legal y por estar así previsto en los Documentos Tipo que son obligatorios e inalterables, lo que se sustenta en que solo estos profesionales de la ingeniería se encuentran habilitados legalmente para el desarrollo de este tipo de proyectos.
Establece la regla central del documento: la obligatoriedad del aval de ingeniero para personas jurídicas y la exigencia de título profesional en ingeniería para personas naturales en procesos de contratación de infraestructura de transporte.
Artículo 20. Propuestas y contratos. Las propuestas que se formulen en las licitaciones y concursos abiertos por entidades públicas del orden nacional, seccional o local, para la adjudicación de contratos cuyo objeto implique el desarrollo de las actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, deberán estar avalados, en todo caso, cuando menos, por un ingeniero inscrito y con tarjeta de matrícula profesional en la respectiva rama de la ingeniería.
Transcribe el artículo 20 de la Ley 842 de 2003, que establece la obligatoriedad del aval de ingeniero para propuestas en procesos de contratación pública relacionados con ingeniería.
MateriasAval De Profesional En Ingenieria · Documentos Tipo · Aval profesional en ingeniería · Ejercicio ilegal de la ingeniería · Inalterabilidad de documentos tipo · Matrícula profesional · Contratación estatal · Carta De Presentación De La Oferta
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1640106495205-C-659.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-659 de 2021
NúmeroP20210715006269
Fecha del documento30 de agosto de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 81a61194436d….

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