Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre obras de infraestructura de transporte cubiertas por los Documentos Tipo
P20241001009989Contratación estataldocumentos tipoinfraestructura de transportematriz de experienciaámbito de aplicacióncontratación estataldocumentos tipo de infraestructura transportefundamento normativoley 2022 de 2020resolución 240 de 2020Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre obras de infraestructura de transporte cubiertas por los Documentos Tipo |
|---|---|
| Resumen | Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el ámbito de aplicación de los Documentos Tipo en el sector de infraestructura de transporte, precisando su obligatoriedad y los supuestos de hecho que los activan. La autoridad fija la posición de que los Documentos Tipo son de obligatoria observancia para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, pero su aplicación depende de que el objeto contractual y la modalidad de selección se encuentren expresamente enmarcados en las actividades definidas en las matrices de experiencia correspondientes. En particular, para infraestructura de transporte, se señalan ocho tipos de obras (vías primarias y secundarias, vías terciarias, proyectos marítimos y fluviales, obras para emergencias, proyectos férreos, infraestructura vial urbana, puentes y aeroportuarios) como únicos supuestos que activan la obligatoriedad de estos documentos, los cuales fueron adoptados mediante resoluciones específicas para cada modalidad de contratación. Además, se aclara que la competencia de la entidad se limita a interpretar normas generales, sin resolver controversias particulares ni validar actuaciones específicas de las entidades contratantes. |
| Problema jurídico | Determinar el ámbito de aplicación de los Documentos Tipo de infraestructura de transporte en relación con las obras que pueden contratarse bajo esa modalidad |
| Fragmentos citables | Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Debido a esto tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo es necesario establecer si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que en el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de alguna de las resoluciones expedidas para la adopción de los Documentos Tipo vigentes. Esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. |
| Materias | Documentos Tipo · Infraestructura de transporte · Matriz de experiencia · Ámbito De Aplicación · Contratación estatal · Documentos Tipo De Infraestructura Transporte · Fundamento normativo · Ley 2022 de 2020 · Resolución 240 de 2020 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/11/C-676.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: badb6afce652….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.