Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Requisitos habilitantes y experiencia en la contratación pública: criterios diferenciales para MiPymes y emprendimientos
P20220905008833 · 25 de octubre de 2022Contratación estatalbienes y obras adicionalesdecreto 1860 de 2021experiencialey 2069 de 2020mipymesrequisitos habilitantesselección objetivaley 1150 de 2007contratación estatalcolombia compra eficientedocumentos tipoley de emprendimientoartículo 5 de la ley 1150 de 2007carácter enunciativoconceptocriterios diferencialesfinalidadincentivos para emprendimientos y empresas de mujeres y mipymesreglamentaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes y experiencia en la contratación pública: criterios diferenciales para MiPymes y emprendimientos |
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| Resumen | Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes en los procesos de contratación estatal, con énfasis en los incentivos para emprendimientos, empresas de mujeres y MiPymes establecidos en la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación. Fija la posición de que los requisitos habilitantes, definidos como exigencias mínimas de participación en los procedimientos de selección, no son taxativos y pueden ser ampliados por las entidades estatales según el objeto contractual, siempre que sean adecuados, proporcionales y no arbitrarios. Precisa que la experiencia, como requisito habilitante, debe acreditarse mediante contratos similares al objeto del proceso, sin limitarse a un único contrato, y que su verificación corresponde a las Cámaras de Comercio. Además, señala que los criterios diferenciales y puntajes adicionales para MiPymes y emprendimientos de mujeres, regulados en el Decreto 1860 de 2021, buscan fomentar su acceso al mercado de compras públicas, siempre que estén justificados y no comprometan el cumplimiento del contrato. |
| Problema jurídico | Determinar el sustento jurídico para que las entidades estatales exijan más de un contrato para acreditar la experiencia de los proponentes, garantizando el derecho a la libre concurrencia y el acceso de MiPymes y emprendimientos |
| Fragmentos citables | Los requisitos habilitantes se definen como aquellas exigencias de participación en los procedimientos de selección, establecidas en disposiciones normativas, de carácter legal o reglamentario, o contenidas en el acto administrativo que regula las reglas de la convocatoria–es decir, en el pliego de condiciones o el documento equivalente a este–. Se diferencian de los criterios de evaluación –también conocidos como criterios de calificación– en que estos son los factores definidos por la Entidad Estatal para la asignación de puntaje en el momento de la comparación de las ofertas, y que, a partir de su ponderación, permiten establecer el orden de elegibilidad y, por ende, la propuesta ganadora. En ese sentido, si bien la Ley 1150 de 2007 estableció unos requisitos habilitantes para los proponentes –la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y la capacidad de organización–, estos no son taxativos. En consecuencia, corresponde a las Entidades Estatales, durante la etapa de planeación del contrato estatal, estudiar y determinar los requisitos habilitantes que establecerán en los pliegos de condiciones, los cuales deben fijarse de forma adecuada y proporcional. Dentro de los requisitos habilitantes establecidos por el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 se destaca la experiencia. En el «Manual para determinar y verificar requisitos habilitantes en los procesos de contratación» expedido por Colombia Compra Eficiente se define a la experiencia como «[…] el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del contrato». En virtud de los incentivos previstos en los artículos 31 y 32 de la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación contenida en el Decreto 1860 de 2021, se establezca la selección objetiva del contratista del Estado acudiendo a factores habilitantes y de calificación de los participantes fijados en los pliegos de condiciones de forma diferencial, con el objeto de fomentar o facilitar el acceso a las compras públicas de sujetos de menor capacidad en el mercado, como es el caso de los emprendimientos y empresas de mujeres y las MiPymes, por razones de equidad, siempre y cuando el uso de estas medidas afirmativas resulte justificado y no ponga en riesgo el adecuado cumplimiento del contrato, según el análisis del sector y los estudios previos que soporten el proceso contractual. |
| Materias | Bienes Y Obras Adicionales · Decreto 1860 De 2021 · Experiencia · Ley 2069 De 2020 · Mipymes · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Colombia Compra Eficiente · Documentos Tipo · Ley De Emprendimiento · Artículo 5 de la ley 1150 de 2007 · Carácter enunciativo · Concepto · Criterios diferenciales · Finalidad · Incentivos para emprendimientos y empresas de mujeres y MiPymes · Reglamentación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1667926968265-C-677-1.docx |
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