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Convocatorias limitadas a mipymes nacionales: requisitos y limitación territorial
2202013000011843 · 1 de diciembre de 2020Contratación estatalcolombia compra eficienteconvocatorias limitadasconvocatorias limitadas a mipymes nacionalesdecreto 1082 de 2015mipymesartículo 2.2.1.2.4.2.2 del decreto 1082 de 2015artículo 2.2.1.2.4.2.3 del decreto 1082 de 2015limitación territorialcontratación estatalconsorcios y uniones temporalesprocedencia de la limitación territorialrelevancia del domicilio de la mipymesrequisitosColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Convocatorias limitadas a mipymes nacionales: requisitos y limitación territorial |
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| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los requisitos y alcances de las convocatorias limitadas a Mipymes nacionales en la contratación pública, así como sobre la limitación territorial de estas convocatorias. Fija la posición de que las convocatorias limitadas a Mipymes nacionales requieren, entre otros, que el valor del proceso sea inferior a 125.000 dólares estadounidenses y que al menos tres Mipymes nacionales soliciten la limitación con un día de antelación a la apertura del proceso. Además, precisa que la entidad estatal debe verificar que las Mipymes solicitantes tengan un objeto social similar al del contrato y que pueden participar consorcios o uniones temporales conformados exclusivamente por Mipymes. Respecto a la limitación territorial, conceptúa que es facultativa para la entidad, debe justificarse en estudios de sector y aplica únicamente a Mipymes domiciliadas en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato, excluyendo sucursales. También señala que la limitación territorial no opera automáticamente por solicitud de Mipymes, sino que depende de la decisión motivada de la entidad, y que el domicilio de las Mipymes que solicitan la limitación no condiciona la decisión territorial. |
| Problema jurídico | Determinar los requisitos y alcance de las convocatorias limitadas a mipymes nacionales, incluyendo la limitación territorial y las condiciones para consorcios o uniones temporales |
| Fragmentos citables | El numeral segundo establece dos exigencias: por un lado, que al menos tres Mipymes nacionales presenten la solicitud formal de limitar el proceso contractual a Mipymes nacionales y, por el otro, que estas deben hacer dicha solicitud por lo menos un día antes de la apertura del proceso de contratación. Colombia Compra Eficiente ha precisado que «[s]i bien la normativa del sistema de compra pública no establece como requisito acreditar la relación entre el objeto de la Mipyme y el objeto contrato, es imperativo que la entidad estatal verifique que quienes solicitan la limitación del proceso a Mipyme tienen un objeto social similar al objeto del contrato y, de ser así, la entidad deberá limitar el proceso de contratación a Mipymes». Colombia Compra Eficiente ha sostenido que es discrecional la decisión de limitar territorialmente una convocatoria de Mipymes y ha precisado que, de todos modos, la decisión de hacerlo debe estar justificada en los correspondientes «estudios de sector». Así lo consideró en la consulta No. 216130003241, resuelta el 30 de junio de 2016. el artículo 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015 se refiere a las «Mipyme nacionales domiciliadas en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato» «cursivas propias», esto es, al «domicilio» y no a las «sucursales». Esta distinción es importante porque el beneficio normativo únicamente aplica en el lugar en el que la Mipyme tiene su «domicilio», y no en donde tiene sucursales. |
| Materias | Colombia Compra Eficiente · Convocatorias Limitadas · Convocatorias Limitadas A Mipymes Nacionales · Decreto 1082 De 2015 · Mipymes · Artículo 2.2.1.2.4.2.2 del decreto 1082 de 2015 · Artículo 2.2.1.2.4.2.3 del decreto 1082 de 2015 · Limitación territorial · Contratación estatal · Consorcios y uniones temporales · Procedencia de la limitación territorial · Relevancia del domicilio de la Mipymes · Requisitos |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1610651571147-C-700-de-2020.docx |
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