Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Alcance de la protección ocupacional reforzada en contratos de prestación de servicios durante licencia de maternidad y periodo de lactancia
11 de julio de 2025Contratación estatalcontrato de prestación de serviciosley 2306 de 2023estabilidad laboral reforzadafuero de maternidadlicencia de maternidadperiodo de lactanciacontratación estatalcontratos de prestación de serviciosestabilidad ocupacional reforzada de mujer embarazadaaplicaciónconceptoprocedenciaunificación jurisprudencialColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Alcance de la protección ocupacional reforzada en contratos de prestación de servicios durante licencia de maternidad y periodo de lactancia |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fija la posición interpretativa sobre el alcance de la protección ocupacional reforzada en contratos de prestación de servicios para mujeres en estado de embarazo, licencia de maternidad o periodo de lactancia. El documento precisa que, aunque la Corte Constitucional ha reconocido esta garantía en contratos de prestación de servicios cuando se demuestre su naturaleza laboral oculta o cuando la terminación del contrato obedezca a criterios discriminatorios, la Ley 2306 de 2023 —que regula descansos remunerados durante la lactancia y modifica el fuero de maternidad— no es aplicable a estos contratos, pues su ámbito de aplicación se limita a relaciones laborales regidas por el Código Sustantivo del Trabajo. La Agencia fundamenta su postura en la naturaleza civil, comercial o estatal de los contratos de prestación de servicios, que no generan vínculo laboral ni prestaciones sociales, y en la ausencia de precedentes judiciales que extiendan la aplicación de la Ley 2306 de 2023 a estos casos. Además, señala que las entidades estatales deben garantizar la protección contra la discriminación por embarazo o lactancia en estos contratos, pero sin extender los derechos específicos consagrados en la mencionada ley. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la protección ocupacional reforzada establecida en el artículo 6 de la ley 2306 de 2023 en licencia de maternidad y periodo de lactancia en un contrato de prestación de servicios |
| Fragmentos citables | La protección de estabilidad ocupacional reforzada en contratos de prestación de servicios es una garantía reconocida por la Corte Constitucional, a través de las sentencias SU-070 de 2013, SU-075 de 2018, y en especial la sentencia T-329 de 2022. En dichas providencias se reconoce que esta garantía que procede en contratos de prestación de servicios durante el periodo de gestación, el disfrute de licencia de maternidad, hasta por dieciocho (18) semanas y el periodo de lactancia. Así pues, en cada caso, la entidad estatal deberá dilucidar la forma más adecuada para garantizar dicho derecho a la contratista y su seguridad social, pues lo que se pretende es impedir la discriminación materializada por la terminación o la no renovación del contrato por causa o con ocasión del embarazo o la licencia de maternidad. La valoración de los casos de terminación del contrato de prestación de servicios, por embarazo o periodo de lactancia se da a la luz de tres componentes: (i) el contratante conoce el estado de embarazo de la contratista, (ii) subsiste la causa del contrato y (iii) no cuenta con permiso del inspector del trabajo para terminar el contrato. En relación con la consulta sobre la protección en el periodo de lactancia hasta por dos (2) años, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente el derecho a los descansos remunerados en el periodo de lactancia y – la posible extensión del fuero de maternidad –, regulado en la Ley 2306 de 2023, no rige a favor de las contratistas del Estado que no ingresan en la categoría de trabajadores. Lo previsto en la Ley 2306 de 2023, específicamente en el artículo 6, no se aplica a las relaciones contractuales de las Entidades Estatales que no generan una relación laboral. El contrato de prestación de servicios es un contrato estatal típico, regulado en el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Este se define como aquel que “celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo se podrán celebrar con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable”. |
| Materias | Contrato De Prestación De Servicios · Ley 2306 de 2023 · Estabilidad laboral reforzada · Fuero de maternidad · Licencia de maternidad · Periodo de lactancia · Contratación estatal · Contratos De Prestación De Servicios · Estabilidad Ocupacional Reforzada De Mujer Embarazada · Aplicación · Concepto · Procedencia · Unificación jurisprudencial |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-709-1.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: b339659ea15b….
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