Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subsanabilidad de requisitos habilitantes en procesos de contratación pública
P20241010010338 · 10 de octubre de 2024Contratación estataldecreto 1082 de 2015ley 1882 de 2018requisitos habilitantesselección objetivasubsanabilidadficha técnicaley 1150 de 2007contratación estatalaplicacióncierre del procesocircunstancias posteriores al ccolombia compra eficienteexcepcionesficha o anexo técnicosposición anteriorposición vigenteregla generalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subsanabilidad de requisitos habilitantes en procesos de contratación pública |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la subsanabilidad de requisitos en los procedimientos de selección pública, precisando su aplicación en distintos escenarios. Fija la posición de que, por regla general, los defectos en la acreditación de requisitos habilitantes —entendidos como aquellos que no asignan puntaje en la evaluación— son subsanables, siempre que no impliquen la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso ni modifiquen el precio de la oferta. La excepción incluye la garantía de seriedad, cuya omisión es insubsanable. Además, distingue entre requisitos habilitantes y criterios de evaluación, aclarando que la subsanación de estos últimos no puede alterar la comparación objetiva de las propuestas. También aborda la subsanabilidad de la ficha técnica en procesos de mínima cuantía y selección abreviada, señalando que, al no ser un factor puntuable, su corrección es viable, pero no cuando implique una mejora de la oferta. El documento fundamenta su postura en la Ley 1150 de 2007, modificada por la Ley 1882 de 2018, y en el Decreto 1082 de 2015, destacando los límites temporales y materiales para ejercer la facultad de subsanar, así como la autonomía de las entidades para definir requisitos habilitantes, siempre bajo criterios de objetividad y proporcionalidad. |
| Problema jurídico | ¿La subsanación de un requisito habilitante puede constituirse como mejoramiento de la oferta? |
| Fragmentos citables | La regla de la subsanabilidad de las ofertas en los procedimientos de selección indica que, por regla general, la falta de entrega y los defectos en la acreditación de los requisitos habilitantes son aspectos subsanables. La excepción a esta regla se encuentra en la prohibición de permitir la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta y de valer la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Por regla general, la falta de entrega o los defectos frente a los requisitos que no asignan puntaje, son subsanables. La excepción se encuentra en los casos, previstos en la ley, que limitan la subsanabilidad, como, por ejemplo, la prohibición de permitir la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta y de permitir la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Ley 1882 de 2018 · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Subsanabilidad · Ficha técnica · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Aplicación · Cierre del proceso · Circunstancias posteriores al c · Colombia Compra Eficiente · Excepciones · Ficha o anexo técnicos · Posición anterior · Posición vigente · Regla general |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/11/C-720.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 80327323f6bd….
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