Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre documentos de obligatorio cargue en SECOP II y términos legales para su publicación

P20250530005330 · 30 de mayo de 2025

EpígrafeConsulta sobre documentos de obligatorio cargue en SECOP II y términos legales para su publicación
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del deber de publicidad de los documentos contractuales en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) y los plazos para su publicación. Fija la posición de que todas las entidades estatales, sin distinción de régimen jurídico o naturaleza, deben publicar en el SECOP II los Documentos del Proceso —definidos como aquellos expedidos por la entidad durante el proceso de contratación— dentro de los tres días siguientes a su expedición, conforme al Decreto 1082 de 2015. Además, precisa que este deber incluye actos administrativos y documentos generados en etapas precontractual, de ejecución y postcontractual, excluyendo aquellos expedidos por terceros, salvo la oferta. La fundamentación se basa en los principios de publicidad y transparencia consagrados en la Constitución Política, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1712 de 2014, así como en la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente. El documento también delimita su competencia, aclarando que no resuelve controversias particulares ni valida actuaciones específicas, sino que orienta sobre normas generales.

Problema jurídico

¿Cuáles son los documentos de obligatorio cargue por parte de la Entidad Estatal en SECOP II, y cuál es el término legal para su publicación?

Fragmentos citables
El principio de publicidad impone a las autoridades administrativas el deber de dar a conocer sus actos, contratos y decisiones para que se divulguen y eventualmente se controlen. Por ello, en la contratación estatal, el literal c) del artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 establece el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, en adelante SECOP, como un mecanismo que “contará con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos, para lo cual establecerá los patrones a que haya lugar y se encargará de su difusión a través de canales electrónicos”.
Establece el fundamento normativo del SECOP como herramienta para garantizar la publicidad de la contratación pública, base del concepto emitido.
Las Entidades Estatales, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, están obligadas a publicar en el SECOP los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición. La expresión Documentos del Proceso está definida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015, donde se establece que: “son: (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las adendas; (e) la oferta; (f) el informe de evaluación; (g) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación”.
Define la regla central del concepto: el deber de publicación de documentos en el SECOP y su plazo, así como la definición de Documentos del Proceso.
En consecuencia, para identificar los documentos que deben publicarse, es necesario realizar una interpretación sistemática de las disposiciones del Decreto 1082 del 2015, comoquiera que el anterior no es un listado taxativo, sino enunciativo, porque además de los documentos enlistados, el artículo 2.2.1.1.1.3.1, recoge en la noción de Documentos del Proceso “cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación”. Este mismo artículo define la expresión Proceso de Contratación como el “Conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde”.
Explica la interpretación extensiva de los Documentos del Proceso, incluyendo aquellos expedidos en cualquier etapa contractual, y delimita el alcance del deber de publicidad.
MateriasDocumentos Del Proceso · Principio De Publicidad · Plazo de publicación · Principio de transparencia · Secop · Contratación estatal · Circular Única Externa · Contratacion Pública · Documentos públicos · Ley 1712 de 2014 · Oportunidad · Publicación en el SECOP · Uso del secop
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-721.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-721 de 2025
NúmeroP20250530005330
Fecha del documento30 de mayo de 2025
Fecha de publicación12 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: c8d3bd160466….

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