Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Contratación directa por inexistencia de pluralidad de oferentes en propiedad intelectual y exclusividad territorial
P20241010010388 · 17 de diciembre de 2024Contratación estatalcontratación directaestudios previosderechos de autorlicenciamientopluralidad de oferentespropiedad industrialpropiedad intelectualproveedor exclusivocontratación estatalpatenteúnico proveedorcontingentederechos de propiedad industrialdos eventosexplotacióninexistenciamonopolioterritorio nacionaltitularColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Contratación directa por inexistencia de pluralidad de oferentes en propiedad intelectual y exclusividad territorial |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre los requisitos y condiciones para aplicar la causal de contratación directa por inexistencia de pluralidad de oferentes, prevista en el artículo 2, numeral 4, literal g) de la Ley 1150 de 2007, cuando se trata de bienes o servicios protegidos por derechos de propiedad industrial, derechos de autor o cuando existe un proveedor exclusivo en el territorio nacional. Fija la posición de que, para justificar esta causal, no basta con que un oferente sea el único capaz de ejecutar el contrato, sino que debe demostrarse una barrera jurídica —como la titularidad de derechos exclusivos o la exclusividad territorial— que impida la concurrencia de otros proveedores. Además, precisa que la existencia de una patente no garantiza por sí sola la inexistencia de pluralidad de oferentes, pues el titular puede licenciar su explotación a múltiples sujetos. El concepto enfatiza la importancia de los estudios previos en los procesos de contratación, donde las entidades deben identificar si el objeto contractual involucra creaciones protegidas y, en tal caso, acreditar la titularidad o exclusividad mediante certificaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio o documentos equivalentes. También recomienda incluir cláusulas contractuales que regulen la transferencia de derechos y garanticen el uso legal de las obras o invenciones por parte de la entidad estatal. |
| Problema jurídico | ¿Qué aspectos debe tenerse en cuenta en los estudios previos que se realicen para contratar obras y creaciones protegidas por la Propiedad Intelectual cuando se aplique la causal de contratación directa contenida en el artículo 2, numeral 4º, literal g), de la Ley 1150 de 2007? |
| Fragmentos citables | no existe pluralidad de oferentes cuando solo una persona puede proveer el bien o servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor – hipótesis dentro de la cual se enmarca la consulta presentada –. De esta manera, no basta con que sea la única persona capaz de ejecutar el contrato, pues se debe justificar una situación de derecho que impida que otra lo haga de forma igual o similar. la Entidad Estatal debe advertir en cada Proceso de Contratación, si el objeto a contratar involucra la creación o el uso de creaciones protegidas por la Propiedad Intelectual y, en dado caso, identificar cuáles son las necesidades de la Entidad respecto a esa o esas creaciones. Esto supone, por ejemplo, determinar si para el uso que pretende realizar se requiere que sea la titular de los Derechos de Autor o de Propiedad Industrial, según el caso o si requerirá una licencia para la explotación de esa creación, evento en el cual también deberán acotarse los requerimientos en relación con la duración, valor y alcance de la licencia. |
| Materias | Contratación Directa · Estudios Previos · Derechos de autor · Licenciamiento · Pluralidad de oferentes · Propiedad industrial · Propiedad intelectual · Proveedor exclusivo · Contratación estatal · Patente · Único Proveedor · Contingente · Derechos de propiedad industrial · Dos eventos · Explotación · Inexistencia · Monopolio · Territorio Nacional · Titular |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-725.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7f4b431d8b1a….
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