Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Inhabilidades e incompatibilidades en la contratación pública

P20241010010389 · 20 de noviembre de 2024

EpígrafeInhabilidades e incompatibilidades en la contratación pública
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la capacidad de las personas naturales o jurídicas para contratar con el Estado cuando no han sido sancionadas o condenadas. Fija la posición de que, salvo que incurran en alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida por la Constitución o la ley, toda persona se presume habilitada para contratar con el Estado, partiendo del principio de buena fe y la presunción de inocencia. Precisa que las inhabilidades son restricciones excepcionales y taxativas, cuya interpretación debe ser restrictiva y pro libertate, para no vulnerar derechos fundamentales como la igualdad, el debido proceso y la libre concurrencia. Además, clasifica las inhabilidades en sanción y requisito, detallando su fundamento normativo y jurisprudencial, y subraya que su aplicación debe ceñirse estrictamente a los supuestos legalmente previstos.

Problema jurídico

¿Las personas sin sanción o condena penal pueden contratar con el Estado?

Fragmentos citables
las inhabilidades son circunstancias establecidas por la Constitución o en la ley que impiden que personas naturales o jurídicas sean elegidas o designadas en un cargo público o celebren contratos con el Estado, con el objetivo de garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad, transparencia y moralidad de la función pública, garantizando el interés general.
Define el concepto y fundamento de las inhabilidades, base para entender su alcance y límites en la contratación estatal.
las inhabilidades e incompatibilidades –como ya se dijo– al ser restricciones o límites especiales a la capacidad para presentar ofertas y celebrar contratos estatales, solo pueden tipificarse en la ley –o sea, deben satisfacer el principio de legalidad– y su interpretación debe ser restrictiva, pues si se admitiera una interpretación amplia, extensiva o finalista de las mismas, tales enunciados normativos podrían contemplar múltiples supuestos indeterminados, según el parecer o el sentido común de los operadores jurídicos, poniendo en riesgo principios como la igualdad, el debido proceso, la libre concurrencia y el ejercicio de la profesión u oficio.
Establece el principio de interpretación restrictiva y pro libertate, clave para delimitar el alcance de las inhabilidades y evitar arbitrariedades.
toda persona que no haya sido sancionada, ni condenada de acuerdo con el literal d y j de la Ley 80 de 1993 y que no esté incurso en ninguna inhabilidad e incompatibilidad cuenta con la capacidad para contratar, cumpliendo con los requisitos del pliego de condiciones establecido por la Entidad Contratante o con los criterios de idoneidad que establezca la entidad; podrá contratar con el Estado.
Responde directamente al problema jurídico planteado, fijando la regla aplicable para determinar la capacidad contractual de las personas sin sanciones o condenas.
MateriasInhabilidades · Capacidad para contratar con el Estado · Incompatibilidades · Interpretación restrictiva · Principio de legalidad · Principio pro libertate · Contratación estatal · Inhabilidad E Incompatibilidad · Concepto · Límites a la capacidad · Régimen
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-726-1.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-726 de 2024
NúmeroP20241010010389
Fecha del documento20 de noviembre de 2024
Fecha de publicación4 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: b50e2876c18d….

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