Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Evento de empate, factores de desempate, subsanabilidad y verificación en contratación pública
P20241015010449Contratación estatalfactores de desempateley 2069 de 2020evento de empateley 1150 de 2007ley 80 de 1993subsanabilidad de ofertascontratación estatalsubsanabilidadartículo 35 de la ley 2069 de 2020artículo 5 de la ley 1150 de 2007insubsanableoportunidadverificaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Evento de empate, factores de desempate, subsanabilidad y verificación en contratación pública |
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| Resumen | Este documento conceptúa la posición de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente sobre la subsanabilidad de los factores de desempate en los procesos de contratación estatal, precisando que estos son insubsanables y deben acreditarse íntegramente con la oferta antes del cierre del proceso. La entidad fija que los criterios de desempate, regulados en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, no son requisitos habilitantes ni afectan la asignación de puntaje inicial, pero sí determinan la comparación final entre ofertas en caso de empate, por lo que su documentación debe presentarse de manera completa y oportuna. Además, aclara que la verificación de estos factores solo procede una vez consolidado el empate, tras evaluar los requisitos habilitantes y los criterios de calificación, aplicando las reglas del pliego de condiciones. La posición se sustenta en la interpretación del parágrafo primero del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, que distingue entre requisitos subsanables (no necesarios para la comparación) y factores insubsanables (que definen la adjudicación en caso de empate), así como en la jurisprudencia y doctrina administrativa que excluye la posibilidad de subsanar estos últimos en etapas posteriores al cierre del proceso. |
| Problema jurídico | ¿Se pueden subsanar los factores de desempate? ¿La verificación y subsanabilidad de criterios de desempate solo es procedente realizarla cuando efectivamente se esté ante el evento de empate? |
| Fragmentos citables | Dado que los factores de desempate influyen en la comparación de las ofertas presentadas para desempatarlas, la acreditación de las causales previstas en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 es insubsanable. Esto considerando que no son criterios puramente formales de las propuestas ni requisitos para la verificación de las condiciones habilitantes en el proceso de selección en los que aplique la regla del parágrafo primero del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Por tanto, dado que no existe oportunidad posterior, la documentación relacionada con los factores de desempate debe entregarse con la oferta de forma completa e integra, antes del cierre del proceso de selección. |
| Materias | Factores De Desempate · Ley 2069 De 2020 · Evento de empate · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Subsanabilidad de ofertas · Contratación estatal · Subsanabilidad · Artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 · Artículo 5 de la ley 1150 de 2007 · Insubsanable · Oportunidad · Verificación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-734.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5a1704b07767….
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