Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convenios de asociación con ESAL: instrumentos financieros, jurídicos y contables para verificación de aportes en dinero

2202013000012076 · 23 de diciembre de 2020

EpígrafeConvenios de asociación con ESAL: instrumentos financieros, jurídicos y contables para verificación de aportes en dinero
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y requisitos de los convenios de asociación regulados en el Decreto 092 de 2017, en particular respecto a la participación de entidades sin ánimo de lucro (ESAL) y los aportes que estas deben realizar. Fija la posición de que tales convenios, al amparo del artículo 96 de la Ley 489 de 1998, no exigen necesariamente procesos competitivos cuando la ESAL aporte recursos en dinero no inferiores al 30% del valor total del convenio, pero sí requieren una selección objetiva si múltiples ESAL ofrecen este aporte. Además, precisa que la entidad estatal tiene autonomía para definir los instrumentos financieros, jurídicos o contables que permitan verificar la disponibilidad de los recursos comprometidos por la ESAL, sin limitarse a extractos bancarios o certificaciones del revisor fiscal, y que la carta de oferta no es suficiente por sí sola para acreditar dichos recursos. El documento también delimita que el Decreto 092 de 2017 no aplica a todas las actividades de las entidades estatales, sino solo a aquellas que cumplan con los cometidos misionales y los objetivos del convenio, excluyendo actividades que no requieran colaboración con ESAL.

Problema jurídico

Determinar los instrumentos financieros, jurídicos y contables transables en dinero que permiten a las entidades estatales verificar que las ESAL cuentan con los recursos comprometidos para la ejecución de convenios de asociación, así como la suficiencia de medios de prueba como extractos bancarios o certificaciones del revisor fiscal.

Fragmentos citables
Tales convenios «[t]ienen como finalidad que la entidad estatal, cualquiera que sea su naturaleza y orden administrativo, se asocien con personas jurídicas particulares para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas a aquellas conforme a la Constitución y a la Ley». En estos convenios existen aportes dirigidos, especialmente, a lograr la ejecución del convenio. De todos modos, la entidad deberá adelantar un proceso competitivo, salvo cuando la ESAL comprometa recursos en dinero para la ejecución de estas actividades, en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio.
Establece la regla central sobre la naturaleza de los convenios de asociación y la excepción al proceso competitivo cuando la ESAL aporta al menos el 30% de los recursos en dinero.
El artículo 5 del mencionado Decreto indica que los convenios de asociación que celebren las ESAL y las entidades estatales, para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones que a estas les asigna la ley a los que hace referencia el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, no estarán sujetos a competencia cuando la ESAL comprometa recursos en dinero para la ejecución de esas actividades en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio.
Precisa el umbral del 30% de aportes en dinero por parte de la ESAL como condición para eximir el proceso competitivo en los convenios de asociación.
En virtud del artículo 5 del Decreto 092 de 2017, las entidades contratantes pueden definir, en ejercicio de su discrecionalidad, de modo autónomo los instrumentos a través de los cuales la ESAL debe realizar los aportes de recursos en dinero y que serán aportados para la ejecución de las actividades del convenio de asociación. A título ilustrativo, en la «Guía para la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad», elaborada por Colombia Compra Eficiente, se establece que «[…] la exigencia de recursos en dinero se puede cumplir con instrumentos financieros, jurídicos y contables que sean transables y que tengan liquidez suficiente para ser equivalentes al dinero».
Reconoce la autonomía de las entidades estatales para definir los mecanismos de verificación de los recursos comprometidos por la ESAL, incluyendo instrumentos financieros, jurídicos o contables distintos a extractos bancarios o certificaciones.
No todas las actividades que las entidades estatales deben desarrollar para alcanzar sus objetivos misionales deben ejecutarse a través de la celebración de contratos de colaboración o convenios de asociación. Debe tenerse en cuenta que lo que determina la aplicación del Decreto 92 de 2017 no es únicamente el carácter de las ESAL sino el objeto del contrato o convenio que la entidad pretende adelantar.
Delimita el ámbito de aplicación del Decreto 092 de 2017, excluyendo actividades que no requieran colaboración con ESAL, incluso si estas son sin ánimo de lucro.
MateriasContratación Con Esal · Convenio De Asociacion · Convenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Ley 489 de 1998 · Artículo 355 constitución política · Artículo 96 ley 489 de 1998 · Instrumentos financieros transables · Contratación estatal · Esal · Aplicación · Aportes de ESAL · Artículo 355 · Artículo 5 · Artículo 96 · Concepto · Constitución política · Criterios · Mecanismo de recaudo
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1610652145249-C-749-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-749 de 2020
Número2202013000012076
Fecha del documento23 de diciembre de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7a9c9a8f1dcb….

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