Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Convocatorias limitadas a mipymes - requisitos
p20241021010627 · 28 de noviembre de 2024Contratación estatalconvocatorias limitadasdecreto 1082 de 2015decreto 1860 de 2021ley 2069 de 2020requisitos mipymescontratación estatalconvocatorias limitadas a mipymesrequisitosColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Convocatorias limitadas a mipymes - requisitos |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los criterios que deben seguirse para limitar un proceso de contratación a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) en Colombia. Fija la posición de que las entidades estatales, patrimonios autónomos y particulares que ejecuten recursos públicos solo pueden limitar convocatorias a Mipyme cuando concurran tres requisitos: (i) el valor del proceso sea inferior a US$125.000, (ii) al menos dos Mipyme soliciten la limitación con al menos un día hábil de antelación a la apertura del proceso, y (iii) las Mipyme participantes acrediten su condición con mínimo un año de existencia y cumplan con los rangos de clasificación empresarial establecidos. Además, precisa que la acreditación del tamaño empresarial debe realizarse conforme a los criterios de ingresos por actividades ordinarias anuales, según el sector económico, y que las cooperativas y entidades de economía solidaria con calidad de Mipyme pueden participar en igualdad de condiciones. El concepto se fundamenta en el Decreto 1860 de 2021, que modificó el Decreto 1082 de 2015, y en la Ley 2069 de 2020, aclarando que la vigencia de estas disposiciones aplica desde el 24 de marzo de 2022. También delimita su competencia para interpretar normas generales, sin resolver casos particulares ni controversias. |
| Problema jurídico | ¿Cuáles son los criterios que debe seguir la entidad contratante para limitar un proceso a mipymes? |
| Fragmentos citables | El artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 – modificado por el Decreto 1860 de 2021– establece los requisitos que se deben acreditar en las “convocatorias limitadas a Mipymes”. El inciso primero de la referida norma exige que las entidades estatales independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por entidades estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, limiten las convocatorias de los procesos de contratación a las Mipyme colombianas con mínimo un (1) año de existencia, siempre que se cumplan los requisitos señalados allí. Deben concurrir los siguientes requisitos: 1. El valor del Proceso de Contratación sea menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 2. Se hayan recibido solicitudes de por lo menos dos (2) Mipyme colombianas para limitar la convocatoria a Mipyme colombianas. Las Entidades Estatales independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, deben recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la expedición del acto administrativo de apertura, o el que haga sus veces de acuerdo con la normativa aplicable a cada Proceso de Contratación. Esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. |
| Materias | Convocatorias Limitadas · Decreto 1082 De 2015 · Decreto 1860 De 2021 · Ley 2069 De 2020 · Requisitos mipymes · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Requisitos |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/11/C-752.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7a73a471ef5a….
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