Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre inclusión de líneas repetidas en el Plan Anual de Adquisiciones (PAA)

P20241024010792

EpígrafeConsulta sobre inclusión de líneas repetidas en el Plan Anual de Adquisiciones (PAA)
Resumen

El documento conceptúa sobre la naturaleza, obligatoriedad y alcance del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) como instrumento de planificación contractual de las entidades estatales. Fija la posición de que el PAA es un documento de carácter estimativo que debe incluir, como contenido esencial, la lista de bienes, obras y servicios que la entidad pretenda adquirir durante la vigencia fiscal, sin que ello implique determinación exacta de valores, tiempos o modalidades de contratación. Precisa que la obligación de inclusión en el plan surge por el simple hecho de tratarse de un bien, obra o servicio necesario para la entidad, independientemente de las condiciones en que se planee su adquisición. Además, señala que el PAA tiene un contenido complementario obligatorio (necesidad, clasificador, valor estimado, tipo de recursos, modalidad de selección y fecha aproximada de inicio), pero su naturaleza estimativa permite flexibilidad en la ejecución. La autoridad aclara que su competencia es interpretativa y no resolutiva de casos particulares, limitándose a orientar sobre normas generales de contratación pública.

Problema jurídico

Determinar si las entidades estatales pueden incluir en el Plan Anual de Adquisiciones (PAA) dos líneas con la misma descripción para un único proceso contractual.

Fragmentos citables
La Guía para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de esta Agencia, define al Plan Anual de Adquisiciones, en adelante PAA como “un instrumento de planificación y orientación de la contratación de las Entidades Estatales, diseñado para identificar las necesidades de contratación, en el que se incluyen, de manera estimativa, los bienes, obras y servicios que la Administración Pública está interesada en adquirir para determinada vigencia”. Sin perjuicio de lo anterior, el PAA no restringe las decisiones en la contratación que habrán de adoptarse dentro de la anualidad respectiva, por lo que se considera un documento de carácter estimativo que tiene entre otras finalidades, la de “servir como referente inicial para evaluar la ejecución de presupuesto y pronosticar la demanda de bienes y servicios de la entidad durante el año referido del plan”.
Define la naturaleza jurídica del PAA como instrumento estimativo y orientador, aclarando su carácter no restrictivo para las decisiones posteriores de contratación.
la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, por vía consultiva no puede definir un criterio universal y absoluto, sino que brinda elementos hermenéuticos de carácter general para que los partícipes del Sistema de Compras y Contratación Pública adopten la decisión que corresponda, lo cual es acorde con el principio de juridicidad.
Aclara los límites de la competencia consultiva de la entidad, destacando su rol orientador y no resolutivo.
MateriasCompetencia Consultiva · Consultas de contratación pública · Plan anual de adquisiciones · Contratación estatal · Guía Para Elaborar El Plan Anual De Adquisiciones · Noción de prorroga
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-771-de-2024.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-771 de 2024
NúmeroP20241024010792
Fecha de publicación13 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: fafa4b426990….

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