Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Alcance del Decreto 287 de 2026 frente a la regla de inalterabilidad de los documentos tipo y sistema de preferencias en favor de personas con discapacidad
1_2026_05_08_006320 · 19 de junio de 2026Contratación estatalcompetencia de la agencia nacional de contratación públicainalterabilidad de documentos tipopuntaje adicional para personas con discapacidadrequisitos habilitantes diferencialessistema de preferencias para personas con discapacidadcontratación estataldecreto 287 de 2026documentos tipoagencia nacional de contratacion publicaalcanceaplicacióncolombia compra eficienteconcurso de méritosejecución contractualfactores de evaluacióninalterabilidadincidencialicitación públicamodificaciónnecesidad de modificaciónrequisitos habilitantesselección abreviada de menor cuantíaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Alcance del Decreto 287 de 2026 frente a la regla de inalterabilidad de los documentos tipo y sistema de preferencias en favor de personas con discapacidad |
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| Resumen | El documento conceptúa el alcance del Decreto 287 de 2026 frente a la regla de inalterabilidad de los documentos tipo adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. Fija la posición de que las entidades estatales no pueden modificar dichos documentos para incorporar directamente las disposiciones del Decreto, pues ello desconocería la competencia exclusiva de la Agencia para adoptar y actualizar estos instrumentos, así como la naturaleza estandarizada de los mismos. La autoridad señala que la aplicación de las medidas afirmativas contenidas en el Decreto 287 de 2026 en procesos regidos por documentos tipo depende de su incorporación formal mediante el procedimiento establecido en la Resolución 160 de 2020, garantizando así la coherencia del sistema de compras públicas, el respeto a la jerarquía normativa y la efectividad de las políticas de inclusión para personas con discapacidad. Además, precisa que los documentos tipo solo admiten modificaciones en los aspectos que ellos mismos permitan, como los contenidos en corchetes y resaltados en gris, mientras que los requisitos habilitantes, factores de evaluación y sistemas de ponderación son inalterables. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance del Decreto 287 de 2026 frente a la regla de inalterabilidad de los documentos tipo y si es posible aplicar lo dispuesto en el Decreto 287 de 2026 en procesos de contratación adelantados con pliegos tipo |
| Fragmentos citables | Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se adoptaron los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los documentos tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. Permitir que cada entidad introduzca ajustes a los documentos tipo para dar aplicación inmediata al Decreto 287 de 2026 implicaría desconocer la competencia exclusiva atribuida por el legislador a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante la expedición de la Ley 2022 de 2020, así como la regla de inalterabilidad que rige estos documentos. Además, generaría una fragmentación del sistema de compra pública, afectando los principios de igualdad, transparencia y selección objetiva, en la medida en que procesos contractuales similares podrían regirse por condiciones distintas, dependiendo de la entidad que los adelante y la forma como incorporó las previsiones contenidas en el Decreto 287 de 2026 a los procesos de selección regidos por documentos tipo. La parte introductoria de los documentos base de los documentos tipo disponen que los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris –[texto de ejemplo]– deben ser diligenciados por la entidad. Excepcionalmente le corresponde al proponente consignar la información incluida en corchetes y resaltada en gris, como, por ejemplo, los formatos que requieren de la firma del proponente o su representante legal. De todos modos, en cada acápite que esté resaltado en gris la entidad tendrá la libertad de determinar la información que se diligenciará en los documentos tipo, de acuerdo con su necesidad y las instrucciones de los mismos documentos tipo. |
| Materias | Competencia de la Agencia Nacional de Contratación Pública · Inalterabilidad de documentos tipo · Puntaje adicional para personas con discapacidad · Requisitos habilitantes diferenciales · Sistema de preferencias para personas con discapacidad · Contratación estatal · Decreto 287 De 2026 · Documentos Tipo · Agencia Nacional De Contratacion Publica · Alcance · Aplicación · Colombia Compra Eficiente · Concurso de méritos · Ejecución Contractual · Factores de evaluación · Inalterabilidad · Incidencia · Licitación pública · Modificación · Necesidad de modificación · Requisitos habilitantes · Selección abreviada de menor cuantía |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/06/C-778.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 72370603625b….
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