Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
PRECIOS UNITARIOS – AIU – Configuración
P20241028010922 · 28 de octubre de 2024Contratación estatalaiucontratación estatalprecios unitarioscomponentesconfiguracióncostos indirectosejecución del contratofinalidadfundamento normativoorigenColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | PRECIOS UNITARIOS – AIU – Configuración / AIU – Costos indirectos – Finalidad – Ejecución del contrato / AIU – Origen – Fundamento normativo – Componentes |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre la configuración, origen y alcance de la figura del AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad) en los contratos estatales, precisando su naturaleza, fundamentos y límites. Señala que el AIU no está regulado normativamente en la contratación pública, sino que su aplicación responde a la costumbre mercantil y a la autonomía de las entidades estatales para estructurar precios, especialmente en contratos de tracto sucesivo como los de obra pública. Fija la posición de que el AIU se compone de costos indirectos de administración, imprevistos y utilidad, sin que exista una definición legal de sus porcentajes, los cuales son determinados libremente por el proponente según su infraestructura, experiencia y condiciones del mercado. Además, destaca que su inclusión y cálculo deben ajustarse a los principios de economía y gestión fiscal, garantizando la optimización de recursos públicos. |
| Problema jurídico | 1) ¿Cuál es el origen de la AIU y en qué normas se encuentra reglamentados? 2) ¿En qué tipo de contratos se puede utilizar la AIU? |
| Fragmentos citables | En relación con los precios unitarios ha señalado la jurisprudencia que “en la conformación de dichos precios unitarios, se tienen en cuenta todos los gastos que se requieren para realizar la unidad de medida respectiva –el metro lineal, el metro cúbico, el metro cuadrado, etc.-. Y lo que comúnmente se denomina análisis de precios unitarios, corresponde a la descomposición de los mismos para determinar los costos que los conforman: la maquinaria que se utilizará, calculando el valor por el tiempo que se requiera; la mano de obra, teniendo en cuenta el costo hora-hombre, y cuántas personas se requieren para la ejecución de esa unidad de medida; la cantidad de los materiales necesarios, etc.”. Así pues, ni el sistema de precios unitarios –como metodología de estipulación del valor contractual–, ni el concepto de AIU, ni mucho menos la forma de calcularlo –es decir, su porcentaje–, son aspectos regulados en el conjunto de las disposiciones legales y reglamentarias que integran la normativa contractual del Estado. “La justificación de esta manera de cotizar el precio procede, incluso, de la formación universitaria que reciben los ingenieros, a quienes les enseñan esta metodología para elaborar las ofertas. En fin, lo que se quiere indicar con estos comentarios es que la necesidad de presentar una propuesta desglosando en forma intensa su precio no procede de la ley, ni del reglamento, sino de la costumbre, […]”. |
| Materias | Aiu · Contratación Estatal · Precios unitarios · Componentes · Configuración · Costos indirectos · Ejecución del contrato · Finalidad · Fundamento normativo · Origen |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-784.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 60cc1b99b764….
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