Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Régimen de contratación aplicable a empresas de servicios públicos domiciliarios de economía mixta

P20241029010960 · 28 de noviembre de 2024

EpígrafeRégimen de contratación aplicable a empresas de servicios públicos domiciliarios de economía mixta
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen de contratación aplicable a las empresas de servicios públicos domiciliarios de economía mixta con participación pública mayoritaria. Fija la posición de que estas entidades, pese a su naturaleza mixta, se rigen por un régimen especial de contratación conforme a la Ley 142 de 1994, que las sustrae del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993) como regla general, salvo excepciones expresas. La autoridad fundamenta su postura en la Sentencia C-736 de 2007 de la Corte Constitucional, que les otorga una naturaleza jurídica especial como entidades descentralizadas por servicios, excluyéndolas del concepto de sociedades de economía mixta. Además, precisa que su actividad contractual se rige por el derecho privado, con la posibilidad de incorporar cláusulas exorbitantes cuando así lo dispongan las Comisiones de Regulación o la ley, sometiéndose entonces al régimen público. También aclara que, dentro de su autonomía, pueden establecer manuales internos de contratación para regular aspectos procedimentales, siempre alineados con los principios constitucionales de función administrativa y gestión fiscal.

Problema jurídico

Determinar el régimen de contratación aplicable a una empresa de servicios públicos domiciliarios de economía mixta con participación pública del 70%, considerando su naturaleza jurídica especial y la exclusión del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP).

Fragmentos citables
las empresas de servicios públicos mixtas son entidades estatales, al pertenecer a la rama ejecutiva del poder público, pues se entienden incluidas en el literal g) del artículo 38 de la Ley 489 de 1998. Naturalmente, la categorización de estas entidades como estatales implica la aplicación de reglas y principios del derecho público que integran su régimen jurídico.
Define la naturaleza jurídica de las empresas de servicios públicos mixtas como entidades estatales, base para entender su régimen contractual especial.
MateriasEmpresas De Servicios Públicos Domiciliarios · Entidades Estatales · Derecho privado · Economía mixta · Régimen especial de contratación · Contratación estatal · Empresas De Servicios Públicas Mixtas · Empresas Prestadoras De Servicios Públicos Domiciliarios · Entidades con régimen especial de contratación
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-792.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-792 de 2024
NúmeroP20241029010960
Fecha del documento28 de noviembre de 2024
Fecha de publicación12 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: bdf083a679d9….

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