Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Requisitos habilitantes – concepto sobre experiencia en contratación pública
P20241029010974 · 29 de octubre de 2024Contratación estatalexperienciaregistro único de proponentes /ruprequisitos habilitantesselección objetivacontratación estatalsubsanabilidadartículo 5 de la ley 1150 de 2007carácter enunciativoconceptoreglaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes – concepto sobre experiencia en contratación pública |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –, conceptúa sobre el alcance y verificación de los requisitos habilitantes en los procesos de contratación pública, con énfasis en la experiencia como criterio de selección objetiva. Fija la posición de que, como regla general, la verificación de estos requisitos —incluida la experiencia— debe realizarse exclusivamente mediante el certificado del Registro Único de Proponentes (RUP), documento que constituye plena prueba de la información allí contenida, salvo en los casos taxativamente exceptuados por la ley, como la contratación directa o los contratos de mínima cuantía. Señala que, en estos supuestos excepcionales, la entidad contratante debe verificar directamente los requisitos, pudiendo solicitar información adicional siempre que sea conducente, pertinente y útil. Además, precisa que la experiencia puede acreditarse mediante contratos celebrados con particulares, y que su exigencia debe ser proporcional al objeto del contrato, evitando limitaciones innecesarias a la participación de proponentes. La entidad aclara que su competencia se limita a interpretar normas generales, sin resolver controversias particulares ni validar actuaciones específicas de las entidades contratantes o proponentes. |
| Problema jurídico | ¿Obliga la ley a demostrar el requisito de experiencia a través de un documento en específico? |
| Fragmentos citables | No se requerirá de este registro, ni de calificación ni de clasificación, en los casos de contratación directa; contratos para la prestación de servicios de salud; contratos cuyo valor no supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la respectiva entidad; enajenación de bienes del Estado; contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas; los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta y los contratos de concesión de cualquier índole. |
| Materias | Experiencia · Registro Único De Proponentes /rup · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Contratación estatal · Subsanabilidad · Artículo 5 de la ley 1150 de 2007 · Carácter enunciativo · Concepto · Regla |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-794.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 88d84a70ae88….
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