Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen de contratación aplicable a entidades ejecutoras de proyectos con recursos del Sistema General de Regalías
P20241101011091 · 4 de diciembre de 2024Contratación estatalestatuto general de contratacion de la administración públicaley 2056 de 2020sistema general de regalíasentidades ejecutorasrégimen de contratación públicacontratación estatalrégimen contractualacto legislativo 01 de 2019aplicación del estatuto general de contratación de la administración públicafinalidadfundamento normativoobjetoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen de contratación aplicable a entidades ejecutoras de proyectos con recursos del Sistema General de Regalías |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen de contratación aplicable a las entidades ejecutoras de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías. Fija la posición de que, independientemente del régimen contractual general al que pertenezcan, dichas entidades deben sujetarse estrictamente a las reglas de contratación pública establecidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993 y normas complementarias), así como a las disposiciones específicas del Sistema General de Regalías contenidas en la Ley 2056 de 2020. La autoridad fundamenta su postura en la necesidad de garantizar la correcta ejecución de los recursos, el suministro de información requerida por el sistema de seguimiento y control, y la aplicación de los principios de transparencia y eficiencia en la gestión pública. Además, destaca que los proyectos financiados con regalías no pueden destinarse a gastos permanentes, debiendo asegurar la sostenibilidad de los servicios una vez finalizada la inversión. El concepto delimita su competencia a interpretaciones generales, sin resolver casos particulares ni controversias. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen de contratación que deben aplicar las entidades ejecutoras de proyectos adelantados con cargo al Sistema General de Regalías |
| Fragmentos citables | De conformidad a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 2056 de 2020, el ejecutor de los proyectos de inversión del Sistema General de Regalías, independiente del régimen contractual al cuál se encuentre sujeto de manera general, deberá aplicar las reglas de contratación pública, es decir, a las prescripciones establecidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública-EGCAP, así como las normas que lo modifiquen, sustituyan o reglamenten. En tal sentido, el ejecutor debe someterse a las reglas generales de la contratación pública cuando desarrolle proyectos en el marco del Sistema General de Regalías. |
| Materias | Estatuto General De Contratacion De La Administración Pública · Ley 2056 de 2020 · SiSTEMA GENERAL DE REGALÍAS · Entidades ejecutoras · Régimen de contratación pública · Contratación estatal · Régimen contractual · Acto Legislativo 01 De 2019 · Aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública · Finalidad · Fundamento normativo · Objeto |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-808.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 1d63677d0067….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.