Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Régimen de contratación aplicable a entidades ejecutoras de proyectos con recursos del Sistema General de Regalías

P20241101011091 · 4 de diciembre de 2024

EpígrafeRégimen de contratación aplicable a entidades ejecutoras de proyectos con recursos del Sistema General de Regalías
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen de contratación aplicable a las entidades ejecutoras de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías. Fija la posición de que, independientemente del régimen contractual general al que pertenezcan, dichas entidades deben sujetarse estrictamente a las reglas de contratación pública establecidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993 y normas complementarias), así como a las disposiciones específicas del Sistema General de Regalías contenidas en la Ley 2056 de 2020. La autoridad fundamenta su postura en la necesidad de garantizar la correcta ejecución de los recursos, el suministro de información requerida por el sistema de seguimiento y control, y la aplicación de los principios de transparencia y eficiencia en la gestión pública. Además, destaca que los proyectos financiados con regalías no pueden destinarse a gastos permanentes, debiendo asegurar la sostenibilidad de los servicios una vez finalizada la inversión. El concepto delimita su competencia a interpretaciones generales, sin resolver casos particulares ni controversias.

Problema jurídico

Determinar el régimen de contratación que deben aplicar las entidades ejecutoras de proyectos adelantados con cargo al Sistema General de Regalías

Fragmentos citables
De conformidad a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 2056 de 2020, el ejecutor de los proyectos de inversión del Sistema General de Regalías, independiente del régimen contractual al cuál se encuentre sujeto de manera general, deberá aplicar las reglas de contratación pública, es decir, a las prescripciones establecidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública-EGCAP, así como las normas que lo modifiquen, sustituyan o reglamenten. En tal sentido, el ejecutor debe someterse a las reglas generales de la contratación pública cuando desarrolle proyectos en el marco del Sistema General de Regalías.
Establece la regla central del concepto: la obligatoriedad de aplicar el Estatuto General de Contratación Pública a los ejecutores de proyectos con recursos del Sistema General de Regalías, independientemente de su régimen contractual general.
MateriasEstatuto General De Contratacion De La Administración Pública · Ley 2056 de 2020 · SiSTEMA GENERAL DE REGALÍAS · Entidades ejecutoras · Régimen de contratación pública · Contratación estatal · Régimen contractual · Acto Legislativo 01 De 2019 · Aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública · Finalidad · Fundamento normativo · Objeto
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-808.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-808 de 2024
NúmeroP20241101011091
Fecha del documento4 de diciembre de 2024
Fecha de publicación16 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 1d63677d0067….

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