Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES NACIONALES – Requisitos – presupuestos mínimos

1_2026_05_15_006605 / 1_2026_06_18_008171 · 24 de junio de 2026

EpígrafeCONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES NACIONALES – Requisitos – presupuestos mínimos / CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional / CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Domicilio en lugar de ejecución / CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Circunscripciones municipal y departamental / DECRETO 1860 DE 2021 – Convocatorias limitadas a MiPymes – Normas reglamentarias – Mínima cuantía
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las limitaciones territoriales en convocatorias públicas dirigidas a Mipymes, conforme a lo establecido en el Decreto 1860 de 2021, que modificó los artículos 2.2.1.2.4.2.2., 2.2.1.2.4.2.3. y 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015. Fija la posición de que la decisión de limitar territorialmente una convocatoria a Mipymes es una facultad discrecional de la entidad estatal, pero debe estar justificada en estudios del sector y ajustarse al criterio objetivo del lugar de ejecución del contrato. Precisa que la limitación territorial no puede interpretarse como una exclusión arbitraria de municipios o zonas dentro del ámbito territorial de ejecución, sino que debe responder a la promoción del desarrollo regional y la economía local. Además, señala que esta facultad es aplicable incluso en procesos de mínima cuantía, con las adaptaciones procedimentales correspondientes, y que no requiere solicitudes previas de las Mipymes para activarse, sino que depende de la verificación de los requisitos legales y la motivación técnica de la entidad.

Problema jurídico

Alcance de la limitación a MiPymes a nivel territorial en un proceso de contratación / alcance de la limitación a Mipymes en el marco de un proceso de selección de mínima cuantía

Fragmentos citables
La decisión de limitar territorialmente una convocatoria a MiPymes es discrecional de la entidad, sin embargo, la decisión debe estar justificada en los correspondientes estudios del sector. Lo anterior por cuanto el artículo 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015, indicó que las Mipymes beneficiadas deben tener su domicilio principal en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato para poder participar en una convocatoria limitada territorialmente.
Establece el núcleo de la posición jurídica: la facultad discrecional de la entidad y su sujeción a estudios técnicos y al criterio territorial de ejecución del contrato.
En consecuencia, aunque la disposición admite una limitación indirecta a la participación, en tanto únicamente podrán concurrir las Mipymes domiciliadas en el respectivo departamento o municipio en donde se ejecutará el contrato, ello no significa que la entidad estatal pueda establecer limitaciones orientadas a excluir selectivamente determinados municipios o zonas específicas si estos hacen parte del respectivo departamento y del lugar ejecución del contrato.
Delimita los alcances de la facultad discrecional, prohibiendo exclusiones territoriales no previstas en la norma y reforzando el principio de igualdad y selección objetiva.
MateriasMínima Cuantía · Estudios del sector · Facultad discrecional de la entidad · Limitación territorial · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes En El Ámbito Territorial · Convocatorias Limitadas A Mipymes Nacionales · Decreto 1860 De 2021 · Circunscripciones municipal y departamental · Domicilio en lugar de ejecución · Facultad discrecional · Normas reglamentarias · Presupuestos Mínimos · Requisitos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/06/C-811.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-811 de 2026
Número1_2026_05_15_006605 / 1_2026_06_18_008171
Fecha del documento24 de junio de 2026
Fecha de publicación25 de junio de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7426eb436e0e….

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