Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos Tipo – Fundamento normativo, vigencia y aplicación en 2024 y 2026

1_2026_05_19_006710 · 27 de mayo de 2026

EpígrafeDocumentos Tipo – Fundamento normativo, vigencia y aplicación en 2024 y 2026
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en la contratación pública, precisando su obligatoriedad, vigencia y ámbito de aplicación para el año 2024. Fija la posición de que estos documentos, adoptados mediante resoluciones específicas, solo son exigibles cuando el objeto contractual y la modalidad de selección se ajustan a los tipos de infraestructura y actividades estandarizadas en las matrices de experiencia correspondientes. En particular, señala que para 2024 no existían documentos tipo aplicables a procesos de mantenimiento, adecuación y reparación locativa de sedes administrativas, como el caso consultado, ya que estos se limitaban a sectores como educación, salud y cultura. No obstante, advierte que en 2025 se adoptaron documentos tipo complementarios para el sector institucional, aplicables a partir de febrero de 2026. La entidad aclara que corresponde a la entidad contratante determinar la aplicabilidad de los documentos tipo según las particularidades del contrato, sin que pueda alterar su contenido cuando este sea obligatorio. Además, delimita su competencia a la interpretación abstracta de normas generales, excluyendo la resolución de controversias o juicios de valor sobre conductas específicas.

Problema jurídico

Determinar la vigencia y aplicabilidad de los Documentos Tipo en 2024 y 2026 para actividades de mantenimiento, adecuación y reparación locativa de sedes administrativas

Fragmentos citables
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
Establece el fundamento normativo de la competencia de Colombia Compra Eficiente para adoptar documentos tipo de obligatorio cumplimiento en la contratación pública.
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Define el criterio esencial para determinar la aplicabilidad de los documentos tipo, basado en la subsunción del objeto contractual en las matrices de experiencia.
Así, le indicamos que, en el año 2024 no se encontraba vigente ningún Documento Tipo dirigido a la contratación de este tipo de actividades sobre sedes administrativas. Los Documentos Tipo del sector social vigentes en ese año estaban dirigidos a los sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte.
Responde directamente a la consulta sobre la inexistencia de documentos tipo aplicables a mantenimiento locativo de sedes administrativas en 2024, precisando los sectores cubiertos.
Sin perjuicio de lo anterior, le indicamos que, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de mantenimiento, adecuación y reparación locativa. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026.
Informa sobre la adopción de nuevos documentos tipo en 2025 aplicables a mantenimiento locativo, pero con vigencia diferida a 2026, delimitando su ámbito temporal.
MateriasCompetencia · Documentos Tipo · Aplicación · Matriz de experiencia · Vigencia · Contratación estatal · Año 2024 · Fundamento normativo · Obligatoriedad · Oficinas administrativas · Sector social · Vigentes
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-827.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-827 de 2026
Número1_2026_05_19_006710
Fecha del documento27 de mayo de 2026
Fecha de publicación28 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 0c158f6ae4c1….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com