Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES – Generalidades – Requisitos – Personas naturales - Convocatorias limitadas territorialmente
P20241107011228 · 3 de diciembre de 2024Contratación estatalconvocatorias limitadasrequisitos habilitantesdomiciliocontratación estatalconvocatoria limitada a mipymesconvocatorias limitadas territorialmentegeneralidadespersonas naturalesrequisitosColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES – Generalidades – Requisitos – Personas naturales - Convocatorias limitadas territorialmente |
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| Resumen | La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – conceptúa sobre el alcance y requisitos de las convocatorias limitadas a Mipymes en procesos de contratación pública, precisando los supuestos de hecho, fundamentos normativos y condiciones para su aplicación. Fija la posición de que la limitación obligatoria a Mipymes colombianas con mínimo un año de existencia aplica cuando el valor del proceso sea inferior a US$125.000 y existan al menos dos solicitudes de Mipymes interesadas, verificando además su tamaño empresarial mediante certificación. Señala que esta limitación es de obligatorio cumplimiento, mientras que la limitación territorial a Mipymes domiciliadas en la zona de ejecución del contrato es facultativa para la entidad, siempre que se cumplan los requisitos legales y se justifique con estudios del sector. Adicionalmente, aclara que las Mipymes pueden ser personas naturales o jurídicas, y que la acreditación del tamaño empresarial se realiza conforme a los rangos establecidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, diferenciados por sector económico. El documento también advierte que la facultad de limitar territorialmente no puede ejercerse de oficio sin las solicitudes previas de Mipymes, y que la participación de consorcios o uniones temporales debe ajustarse a los requisitos habilitantes para cada tipo de proponente. |
| Problema jurídico | 1. Fundamento jurídico para la limitación de los procesos contractuales a favor de las MIPYMES. 2. Requisitos que deben acreditar las MIPYMES para participar en convocatorias limitadas. |
| Fragmentos citables | El artículo 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015, modificado por el artículo 5 del Decreto 1860 de 2021 se refiere a las “mipyme colombianas que tengan domicilio en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato no puede perderse de vista que la decisión de limitar “a Mipyme colombianas que tengan domicilio en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato”, aunque es facultativa de la entidad, está supeditada a que se verifiquen los requisitos establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015, modificado por el Decreto 1860 de 2021. En ese sentido, si la entidad no recibió las solicitudes para limitar la convocatoria a Mipymes, no puede motu propio proceder con la “limitación territorial” de que trata el artículo 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015 |
| Materias | Convocatorias Limitadas · Requisitos Habilitantes · Domicilio · Contratación estatal · Convocatoria Limitada A Mipymes · Convocatorias limitadas territorialmente · Generalidades · Personas naturales · Requisitos |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-829-1.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: bc443f270492….
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