Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública

P20221101010983 · 30 de noviembre de 2022

EpígrafeConsulta sobre criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de los criterios diferenciales establecidos en el artículo 32 de la Ley 2069 de 2020 para emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas, así como su desarrollo reglamentario en el Decreto 1860 de 2021. El documento precisa que la aplicación de estos criterios está condicionada a la reglamentación gubernamental, la cual se materializó mediante la adición del artículo 2.2.1.2.4.2.14 al Decreto 1082 de 2015, vigente desde el 24 de marzo de 2022. Se analiza la definición de emprendimientos y empresas de mujeres, destacando que para personas jurídicas se requiere que al menos el 50% de los empleos del nivel directivo sean ejercidos por mujeres durante el último año, acreditado mediante certificación específica, mientras que para personas naturales se exige ser mujer, ejercer actividades comerciales a través de un establecimiento de comercio y mantenerlo durante al menos un año, demostrado con el registro mercantil y documentos de identidad. El concepto enfatiza que la entidad no resuelve controversias ni valida actuaciones particulares, sino que orienta sobre la interpretación de normas generales, dejando la aplicación concreta a las entidades estatales o autoridades judiciales.

Problema jurídico

Determinar si las personas naturales pueden acogerse al numeral 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015, que define los emprendimientos y empresas de mujeres a partir de la participación femenina en los empleos del nivel directivo de la persona jurídica.

Fragmentos citables
«De acuerdo con el resultado del análisis del sector, las entidades estatales incluirán requisitos diferenciales y puntajes adicionales en los procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos, así como en los procesos competitivos que adelanten las entidades estatales que no apliquen en su gestión contractual el Estatuto General de Contratación Administrativa, como medidas de acción afirmativa, para incentivar emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por Colombia en los acuerdos comerciales en vigor».
Establece el alcance y los procedimientos donde aplican los criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres, según el artículo 32 de la Ley 2069 de 2020.
Artículo 2.2.1.2.4.2.14. Definición de emprendimientos y empresas de mujeres. Con el propósito de adoptar medidas afirmativas que incentiven la participación de las mujeres en el sistema de compras públicas, se entenderán como emprendimientos y empresas de mujeres aquellas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: [...] 2. Cuando por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los empleos del nivel directivo de la persona jurídica sean ejercidos por mujeres y éstas hayan estado vinculadas laboralmente a la empresa durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección en el mismo cargo u otro del mismo nivel.
Define los requisitos específicos para que una persona jurídica sea considerada emprendimiento o empresa de mujeres, incluyendo el porcentaje de mujeres en cargos directivos y el tiempo mínimo de vinculación.
MateriasContratacion Pública · Criterios Diferenciales · Decreto 1860 De 2021 · Ley De Emprendimiento · Empresas de mujeres · Contratación estatal · Acreditación Artículo 2.2.1.2.4.2.14 · Antigüedad · Cargos Directivos · Definición · Emprendimiento de mujeres · Finalidad · Interpretación r · Ley 2069 De 2020 · Necesidad de reglamentación · Persona jurídica · Vigencia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1671816101577-C-861.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-861 de 2022
NúmeroP20221101010983
Fecha del documento30 de noviembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ec693b9c966f….

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