Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública según Ley 2069 de 2020 y Decreto 1860 de 2021

P20221102011058 · 19 de diciembre de 2022

EpígrafeCriterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la contratación pública según Ley 2069 de 2020 y Decreto 1860 de 2021
Resumen

Este documento conceptúa sobre el alcance y aplicación de los criterios diferenciales establecidos en la Ley 2069 de 2020 (Ley de Emprendimiento) y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021, enfocándose en los emprendimientos y empresas de mujeres dentro del sistema de compras públicas. Fija la posición de que estos criterios, que incluyen requisitos habilitantes y puntajes adicionales, son obligatorios para las entidades estatales en procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos, así como en procedimientos competitivos de entidades excluidas de la Ley 80 de 1993. Precisa que su aplicación está condicionada a la vigencia del decreto reglamentario, el cual entró en vigor el 24 de marzo de 2022, y delimita las condiciones para acreditar la calidad de emprendimiento o empresa de mujeres, especialmente para personas naturales, que deben cumplir con requisitos como ejercer actividades comerciales a través de un establecimiento de comercio durante al menos un año y contar con registro mercantil. Además, señala que los documentos tipo adoptados por Colombia Compra Eficiente incorporan estos criterios diferenciales, incluyendo la posibilidad de ajustar requisitos habilitantes como experiencia general o específica para estos proponentes.

Problema jurídico

Determinar los requisitos y criterios diferenciales para que emprendimientos y empresas de mujeres accedan a beneficios en la contratación pública conforme a la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021

Fragmentos citables
«De acuerdo con el resultado del análisis del sector, las entidades estatales incluirán requisitos diferenciales y puntajes adicionales en los procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos, así como en los procesos competitivos que adelanten las entidades estatales que no apliquen en su gestión contractual el Estatuto General de Contratación Administrativa, como medidas de acción afirmativa, para incentivar emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por Colombia en los acuerdos comerciales en vigor».
Establece el alcance obligatorio de los criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en los procesos de contratación estatal, definiendo los tipos de procedimientos y entidades a los que aplica.
«Las disposiciones contenidas en el presente Decreto se aplicarán a los procedimientos de selección cuya invitación, aviso de convocatoria o documento equivalente se publique a los tres (3) meses contados a partir de su expedición». De acuerdo con esto, habiéndose expedido el referido decreto el 24 de diciembre de 2021, la aplicación de su contenido comenzó una vez transcurridos tres (3) meses contados a partir de entonces, en los procesos cuyos avisos de convocatorias, invitaciones o documentos equivalentes –según corresponda– fueron publicados con posterioridad a dicho momento, es decir, a partir del 24 de marzo de 2022, por lo que actualmente esta es la regulación vigente.
Establece la vigencia temporal del Decreto 1860 de 2021, determinando desde cuándo son exigibles los criterios diferenciales en los procesos de contratación pública.
MateriasContratacion Pública · Criterios Diferenciales · Decreto 1860 De 2021 · Ley 2069 De 2020 · Requisitos Habilitantes · Emprendimientos de mujeres · Emprendimientos y empresas de mujeres · Contratación estatal · Documentos Tipo · Ley De Emprendimiento · Artículo 2.2.1.2.4.2.14 · Artículo 32 · Criterios diferencial · Empresas de mujeres · Finalidad · Mypimes · Necesidad de reglamentación · Registro mercantil
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1677804716008-C-865.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-865 de 2022
NúmeroP20221102011058
Fecha del documento19 de diciembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5e886ce39af7….

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