Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre capacidad de contratación de prestación de servicios por contralorías departamentales

P20241125011840 · 25 de noviembre de 2024

EpígrafeConsulta sobre capacidad de contratación de prestación de servicios por contralorías departamentales
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la posibilidad de que las contralorías departamentales celebren contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión. Fija la posición de que, conforme al artículo 15 de la Ley 330 de 1996, estas entidades no pueden contratar servicios personales para el cumplimiento de funciones asignadas a su planta de personal, salvo para actividades directamente relacionadas con el control fiscal. La respuesta se sustenta en la prohibición expresa contenida en la normativa especial para contralorías departamentales, que excepciona la regla general del Estatuto General de Contratación Pública (Ley 80 de 1993). Además, advierte que el análisis de excepciones debe realizarse caso por caso y que la entidad contratante debe definir su gestión contractual dentro del marco jurídico, sin que este concepto constituya un juicio sobre situaciones concretas. El documento también remite a fuentes doctrinales y jurisprudenciales para consulta adicional.

Problema jurídico

Determinar si las contralorías departamentales pueden celebrar contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión para actividades no asignadas a empleos de planta

Fragmentos citables
De acuerdo con el artículo 15 de la ley 330 de 1996, las contralorías departamentales no pueden celebrar contratos de prestación de servicios para ninguna de las actividades y funciones asignadas a los empleos de sus plantas de personal. No obstante, con aplicación del Estatuto Contractual y sus reglamentos, las contralorías departamentales están habilitadas para celebrar los contratos de prestación de servicios profesionales y los de apoyo a la gestión para atender las demás actividades que su administración y funcionamiento requieran siempre que ellas tengan relación directa con el control fiscal.
Establece la regla general y la excepción específica para las contralorías departamentales en materia de contratación de servicios, siendo el núcleo del concepto emitido.
Las Contralorías Departamentales no podrán contratar la prestación de servicios personales para el cumplimiento de funciones que estén a cargo de los empleados que hagan parte de la planta de personal. Igualmente, no podrán destinar recurso alguno para atender actividades que no tengan relación directa con el control fiscal. La violación de lo dispuesto en este artículo será causal de mala conducta.
Transcribe el artículo 15 de la Ley 330 de 1996, que fundamenta la prohibición y establece consecuencias disciplinarias por su incumplimiento.
En consecuencia, según prohibición contenida en el artículo 15 de la ley 330 de 1996 que es especial para las contralorías departamentales y además es una excepción a la autorización general para celebrar contratos de prestación de servicios prevista en la ley 80 de 1993 para las entidades estatales; las contralorías departamentales no pueden aplicar la regla general del numeral 3º del artículo 32 de la ley 80 de 1993.
Explica la relación entre la norma especial (Ley 330 de 1996) y la general (Ley 80 de 1993), aclarando la imposibilidad de aplicar esta última en su totalidad a las contralorías departamentales.
Al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para precisar el alcance de las excepciones al EGCAP debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado en la aclaración preliminar del presente oficio. De esta manera, las afirmaciones aquí realizadas no pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias concretas relacionadas con los hechos que motivan la consulta.
Aclara el alcance del concepto, advirtiendo que no resuelve situaciones particulares y remite a análisis específicos para cada caso concreto.
MateriasContratos De Prestación De Servicios · Contralorías departamentales · Control fiscal · Prohibición de contratación · Contratación estatal · Egcap · Ámbito de aplicación · Características · Entidades Estatales · Fundamento jurídico
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-923.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-923 de 2024
NúmeroP20241125011840
Fecha del documento25 de noviembre de 2024
Fecha de publicación19 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 9838651ac13d….

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