Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Liquidación de contratos estatales sin erogación presupuestal
P20241125011858 · 27 de diciembre de 2024Contratación estatalcompetencia consultivaliquidación de contratos estatalescontratos sin erogación presupuestalcontratación estatalliquidacióndefiniciónnormativaobjetivooportunidadsin erogación presupuestalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Liquidación de contratos estatales sin erogación presupuestal |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-930 de 2024, conceptúa sobre la obligatoriedad de la liquidación de los contratos y convenios estatales que no implican erogación presupuestal. Fija la posición de que la ausencia de erogación no configura una causal de liquidación obligatoria, pues el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 solo exige este trámite para contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución se prolongue en el tiempo o los que así lo requieran por su naturaleza. En consecuencia, cada entidad estatal debe evaluar, en ejercicio de su autonomía, si resulta necesario realizar la liquidación de estos convenios, considerando factores como la naturaleza, objeto, plazo del contrato y lo dispuesto en el pliego de condiciones o documento equivalente. La respuesta se sustenta en la definición de liquidación como un ajuste económico, técnico y jurídico para determinar el estado final de la relación contractual, sin que la falta de recursos presupuestales altere su carácter facultativo en estos casos. |
| Problema jurídico | Determinar si es obligatoria la liquidación de los contratos y/o convenios que no tienen erogación presupuestal |
| Fragmentos citables | La liquidación es el ajuste de cuentas donde las partes hacen un balance económico, técnico y jurídico del cumplimiento de las obligaciones que tienen a su cargo. Así lo manifestó el Consejo de Estado en la sentencia del 20 de octubre de 2014, en la que consideró, por un lado, que liquidar supone un ajuste en relación con las cuentas y el estado de cumplimiento del contrato estatal y, por el otro, que la liquidación debe incluir el análisis de las condiciones de calidad y oportunidad en la entrega de los bienes, obras o servicios, así como el balance económico y el comportamiento financiero del negocio. Conforme a lo anterior se observa que la ausencia de erogación presupuestal de los contratos y/o convenios estatales no está señalado como una de las causales que obligue a una entidad estatal a ejecutar la liquidación, por consiguiente cada entidad en su autonomía analizará si es necesario realizar la liquidación de acuerdo al 60 de la Ley 80 de 1993, para lo anterior deberá tener en cuenta la naturaleza, objeto y plazo del contrato, como también lo que contenga el pliego de condiciones o su equivalente. |
| Materias | Competencia Consultiva · Liquidación De Contratos Estatales · Contratos sin erogación presupuestal · Contratación estatal · Liquidación · Definición · Normativa · Objetivo · Oportunidad · Sin erogación presupuestal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-930.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a546f5850586….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.