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Marco jurídico de los contratos del artículo 355 de la Constitución Política y de los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998
P20241127011921 · 9 de diciembre de 2024Contratación estatalconvenios de asociacióndecreto 092 de 2017esalley 489 de 1998contratos del artículo 355 de la constitución políticafacultades exorbitantesproceso competitivocontratación estatalcontratación con esalintegración normativaclases de contratocontrato de colaboracióncriteriosdeclaratoria de incumplimientofinalidadmultas y cláusula penal pecuniarianormatividad vigentereglas generales del sistema de contratación públicaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Marco jurídico de los contratos del artículo 355 de la Constitución Política y de los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998 |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance y aplicación del Decreto 092 de 2017, que regula los contratos celebrados por entidades estatales con entidades sin ánimo de lucro (ESAL) bajo dos figuras: i) los contratos del artículo 355 de la Constitución Política, destinados a impulsar programas de interés público previstos en los planes de desarrollo, sin contraprestación directa para la entidad ni relación conmutativa, y ii) los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998, para el desarrollo conjunto de actividades vinculadas a las funciones legales de las entidades, sin carácter conmutativo. Fija la posición de que estos negocios jurídicos no son contratos de compra pública, sino figuras excepcionales que requieren procesos competitivos salvo cuando la ESAL aporte al menos el 30% del valor del convenio. Además, precisa que la aplicación del decreto no depende del carácter de la ESAL, sino del objeto del contrato, y que su normativa se integra con el Estatuto General de Contratación (Ley 80 de 1993) en lo no regulado, permitiendo la declaratoria unilateral de incumplimiento y la imposición de multas o cláusula penal solo si estas se pactaron expresamente. También señala que las entidades deben verificar la coincidencia de funciones legales en convenios asociativos múltiples y que la selección objetiva no implica una remisión total a las leyes 80 y 1150 de 2007, sino la comparación de condiciones para alcanzar el resultado esperado. |
| Problema jurídico | Determinar el marco jurídico aplicable a los contratos del artículo 355 de la Constitución Política y a los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998 |
| Fragmentos citables | Los contratos del artículo 355 de la Constitución Política tienen como objeto promover acciones de fomento social en beneficio de los sectores más desprotegidos de la población, siempre que estén previstas en los planes de desarrollo, motivo por el cual no dan lugar a una contraprestación directa a favor de la entidad y tampoco a una relación conmutativa entre ésta y la ESAL, toda vez que el beneficio directo lo recibirán, en últimas, los sectores de este tipo de acciones de fomento. De otro lado, los convenios de asociación «[t]ienen como finalidad que la entidad estatal, cualquiera que sea su naturaleza y orden administrativo, se asocien con personas jurídicas particulares para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas a aquellas conforme a la Constitución y a la Ley». En estos convenios existen aportes dirigidos, especialmente, a lograr la ejecución del convenio. Como la Ley 1150 de 2007 complementa el EGCAP, también es posible declarar el incumplimiento para hacer efectivas las multas o la cláusula penal pactadas a través del procedimiento del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Esta prerrogativa supone una particular combinación entre el principio de legalidad y la autonomía de la voluntad, de tal suerte que si bien el legislador autorizó a las entidades para declarar el incumplimiento con la intención de multar al contratista para conminarlo al cumplimiento o para hacer efectiva la cláusula penal, es indispensable que uno u otro caso se hayan pactado en el contrato. |
| Materias | Convenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Esal · Ley 489 de 1998 · Contratos del artículo 355 de la Constitución Política · Facultades exorbitantes · Proceso competitivo · Contratación estatal · Contratación Con Esal · Integración Normativa · Clases de Contrato · Contrato de colaboración · Criterios · Declaratoria de incumplimiento · Finalidad · Multas y cláusula penal pecuniaria · Normatividad vigente · Reglas generales del sistema de contratación pública |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-937.docx |
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