Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
CONTRATO ESTATAL – Ejecución – Obligaciones documentales posteriores a la liquidación
2202013000001282 · 25 de febrero de 2020Contratación estatalcierre del expediente contractualliquidación bilateralliquidación judicialliquidación unilateralacta de recibo finalgarantías de calidad, estabilidad y mantenimientocontratación estatalcontrato estatalejecución del contratoejecuciónentidad públicaliquidaciónobligaciones documentalesobligatoriedadtipologíaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | CONTRATO ESTATAL – Ejecución – Obligaciones documentales posteriores a la liquidación |
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| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre las obligaciones documentales de las entidades públicas durante y después de la ejecución de los contratos estatales, precisando el alcance del cierre del expediente contractual. Fija la posición de que este acto administrativo es obligatorio únicamente cuando se vencen las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento o cuando la entidad establezca condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, sin importar la modalidad de selección del contratista ni el estado de liquidación del contrato. El concepto descarta la obligatoriedad de cerrar el expediente en otros supuestos, como la vigencia de garantías distintas a las mencionadas, y aclara que la liquidación del contrato no condiciona este deber, aunque sí determina el contenido de la constancia. Además, señala que el cierre puede realizarse incluso si el contrato no fue liquidado, siempre que se cumplan los supuestos normativos. |
| Problema jurídico | Determinar la obligatoriedad del cierre del expediente contractual en la contratación directa y su relación con las garantías exigidas, así como la oportunidad para realizarlo cuando existen garantías vigentes distintas a las de calidad, estabilidad y mantenimiento. |
| Fragmentos citables | El estado de la liquidación del contrato sólo es relevante para establecer el contenido de la constancia de cierre del expediente, de tal forma que si el contrato ya se liquidó se deberá dejar constancia del vencimiento de las garantías del contrato y la condición de los bienes y obras desde la perspectiva ambiental, pero si no se ha liquidado de lo que se debe dejar constancia es del punto final de la actuación contractual. |
| Materias | Cierre Del Expediente Contractual · Liquidación Bilateral · Liquidación Judicial · Liquidación Unilateral · Acta de recibo final · Garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento · Contratación estatal · Contrato Estatal · Ejecución Del Contrato · Ejecución · Entidad pública · Liquidación · Obligaciones documentales · Obligatoriedad · Tipología |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597953355054-CU-028-de-2020.docx |
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