Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre información a diligenciar en el Formato 9 – Puntaje de Industria Nacional

2201913000006780 · 13 de septiembre de 2019

EpígrafeConsulta sobre información a diligenciar en el Formato 9 – Puntaje de Industria Nacional
Resumen

El documento conceptúa el alcance del Formato 9 – Puntaje de Industria Nacional, utilizado en procesos de contratación pública para asignar puntajes por apoyo a la industria nacional. Fija la posición de que este formato debe contener la identificación del personal nacional calificado que el proponente se compromete a vincular al contrato en caso de ser adjudicatario, expresado en porcentaje respecto al total del personal del contrato. Además, precisa que para acreditar este compromiso, el proponente debe adjuntar con su propuesta el Formato 9 diligenciado, acompañado de copias de la cédula de ciudadanía y el título universitario del personal relacionado. El concepto delimita que el puntaje por incorporación de componente nacional solo aplica para proponentes extranjeros sin trato nacional y que no puede otorgarse simultáneamente con el puntaje por servicios nacionales o con trato nacional. También define que por personal calificado se entiende aquel que requiere título universitario para ejercer una profesión, según la Ley 749 de 2002.

Problema jurídico

Determinar qué información debe consignarse en el Formato 9 – Puntaje de Industria Nacional para acreditar el apoyo a la industria nacional en procesos de contratación pública

Fragmentos citables
La norma establece dos supuestos para la asignación de puntaje: por un lado se encuentran los proponentes que oferten bienes o servicios nacionales, y los proponentes que tienen trato nacional producto de los acuerdos comerciales suscritos por Colombia con otros Estados; y por otro lado están los proponentes extranjeros que no tienen trato nacional pero ofrecen incorporación de componente colombiano de bienes o servicios en la ejecución del contrato.
Establece los dos supuestos jurídicos sobre los cuales se asigna el puntaje por industria nacional, diferenciando entre proponentes nacionales, con trato nacional y extranjeros con componente colombiano.
Para acreditar lo anterior, el proponente deberá allegar con la propuesta, el Formato 9 y copia de la cédula de ciudadanía y el título universitario del personal nacional calificado relacionado en dicho Formato.
Establece los requisitos de acreditación para el Formato 9, vinculando la presentación de documentos específicos que respalden la información consignada.
MateriasContratación De Obra Pública · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 816 De 2003 · Puntaje De Industria Nacional · Decreto 342 de 2019 · Formato 9 · Ley 749 de 2002 · Resolución 1798 de 2019 · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1608036653403-4201912000005531.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000006780
Fecha del documento13 de septiembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 39e873b36424….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com