Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Respuesta a consulta sobre experiencia en Documentos Tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte

2201913000008392 · 12 de noviembre de 2019

EpígrafeRespuesta a consulta sobre experiencia en Documentos Tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conceptúa sobre los requisitos de experiencia exigibles en procesos de licitación pública para obras de mejoramiento o mantenimiento de vías terciarias mediante placa huella. Fija la posición de que la entidad estatal solo puede requerir experiencia específica en actividades relacionadas con obras terciarias, concretamente la actividad '2.2 Mejoramiento en vías terciarias', y que la experiencia general exigible debe corresponder a 'construcción o mejoramiento en pavimento asfáltico, concreto hidráulico o placa huella' en vías primarias, secundarias, terciarias, urbanas o pistas de aeropuerto. Además, precisa que, para acreditar la experiencia, el proponente debe cumplir con un porcentaje mínimo del presupuesto oficial del contrato a ejecutar, que varía según el número de contratos presentados, siendo del 75% si se aporta un solo contrato. También señala que no se puede exigir experiencia específica en contratos con cuantías inferiores a 100 SMMLV, mientras que para cuantías superiores se requiere acreditar longitudes mínimas de vía intervenida. El documento se fundamenta en los Documentos Tipo y en la Resolución No. 1798 de 2019, y su alcance se limita a orientar a las entidades en la definición de requisitos habilitantes.

Problema jurídico

Determinar si es aceptable la experiencia en vías primarias o secundarias para procesos de mejoramiento o mantenimiento de vías terciarias mediante placa huella, y si un solo contrato puede acreditar la experiencia requerida.

Fragmentos citables
La entidad sólo podrá requerir la experiencia referida a las obras terciarias, específicamente, la actividad relacionada “2.2 Mejoramiento en vías terciarias”. Y en la matriz solicitar la experiencia general en “construcción o mejoramiento en pavimento asfaltico o concreto hidráulico o placa huella de vías primarias o secundarias o vías terciarias o vías urbanas o pistas de aeropuerto”
Establece la regla central sobre el alcance de la experiencia exigible en procesos de licitación para obras terciarias, delimitando tanto la actividad específica como la experiencia general permitida.
Es posible que se habilite al contratista con un solo contrato siempre y cuando tenga por objeto la construcción o mejoramiento en pavimento asfaltico o concreto hidráulico o placa huella de vías primarias o secundarias o vías terciarias o vías urbanas o pistas de aeropuerto. Ahora, es importante indicar que el Documento Tipo, en el numeral 3.5.7, señala que para acreditar la experiencia se deberá verificar el número de contratos que se aporta para acreditar la experiencia y determinar el valor del presupuesto oficial que el proponente debe certificar.
Define las condiciones para acreditar la experiencia con un solo contrato y establece el mecanismo de verificación del presupuesto oficial, incluyendo el porcentaje mínimo requerido (75%).
La experiencia específica cambia dependiendo la cuantía del proceso de contratación: Menos a 100 SMMLV y ii) Entre 100 y 1.000 SMMLV: La entidad estatal no puede exigir ningún tipo de experiencia específica en sus procesos de contratación. Entre 1.001 y 13.000 SMMLV, la entidad deberá exigir por lo menos (1) un contrato cuya longitud intervenida corresponda al 50% de la longitud de la vía a construir mediante el proceso de contratación.
Establece los umbrales de cuantía para la exigencia de experiencia específica y las longitudes mínimas requeridas, diferenciando según rangos de presupuesto.
Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Indica el marco normativo que delimita la validez y alcance del concepto emitido, reforzando su carácter orientador y no vinculante.
MateriasDocumentos Tipo · Experiencia en licitaciones · Placa huella · Vías terciarias · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000007124.docx

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000008392
Fecha del documento12 de noviembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 10e5a6d67ca7….

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