Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Personas en condición de discapacidad – puntaje adicional – fundamento legal y reglamentario

4201912000007835 · 9 de diciembre de 2019

EpígrafePersonas en condición de discapacidad – puntaje adicional – fundamento legal y reglamentario
Resumen

El documento conceptúa sobre la aplicación del Decreto 392 de 2018 en los procesos de contratación estatal, específicamente en concursos de méritos, tanto abiertos como con precalificación. Fija la posición de que este decreto es obligatorio para todas las modalidades de concurso de méritos y establece los requisitos para acceder al puntaje adicional por vinculación de personas en condición de discapacidad. La autoridad precisa que el incentivo aplica únicamente cuando se acredite, mediante certificación del Ministerio de Trabajo, que al menos el 10% de la planta de personal del proponente está conformada por personas con discapacidad, junto con la certificación del número total de trabajadores vinculados. Además, aclara que para proponentes plurales (consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura), la verificación se realiza sobre el integrante que aporte al menos el 40% de la experiencia requerida en el proceso. El fundamento normativo se basa en la Ley 1618 de 2013 y su reglamentación, destacando que el puntaje adicional corresponde al 1% del total de puntos establecidos en el pliego de condiciones.

Problema jurídico

Determinar la obligatoriedad de aplicar el Decreto 392 de 2018 en concursos de méritos abiertos y los requisitos para acreditar el puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad

Fragmentos citables
El Decreto 392 de 2018 es aplicable a la modalidad de selección de concurso de méritos, sin importar si es abierto o con precalificación, ya que la norma establece, en el artículo 1, que adicionó el artículo 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015, que en la licitación pública y el concurso de méritos se debe incentivar la vinculación de personal en situación de discapacidad.
Establece el alcance obligatorio del Decreto 392 de 2018 en concursos de méritos, independientemente de su modalidad, fijando la regla general que justifica su aplicación.
Para obtener el puntaje adicional por acreditar personal en situación de discapacidad se deberá aplicar únicamente lo previsto en el Decreto 392 de 2018, que establece los siguientes requisitos: i) presentarse el certificado firmado por parte de la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal del proponente o integrante que pretenda acreditar esta condición; y ii) acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo.
Define los requisitos específicos y excluyentes para acceder al incentivo, clarificando el procedimiento y los documentos necesarios según el tipo de proponente.
Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el presente artículo, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
Precisa la regla especial para proponentes plurales, determinando qué integrante debe cumplir con los requisitos de vinculación de personal con discapacidad.
En los procesos de licitación pública o concurso de méritos para la obtención del puntaje adicional, por tener personas en condición de discapacidad vinculadas en la planta de personal, se deberá acreditar: i) el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal; y ii) el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal.
Resume los dos requisitos esenciales para acceder al incentivo, destacando la doble acreditación exigida por la norma.
MateriasDecreto 392 De 2018 · Discapacidad · Licitación Pública · Concurso de meritos · Puntaje adicional · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000007835.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número4201912000007835
Fecha del documento9 de diciembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
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